Resolución C.D. 594 Autorícese la continuidad, reemplazo y/o contratación respectiva de138 contratos ocasionales para el Proceso de Fortalecimiento del Control de Pertinencia Médica

No. C.D. 594

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL

Resuelve:

Artículo 1.- Autorizar la continuidad, reemplazo y/o contratación respectiva, según la verificación técnica emitida por la Subdirección Nacional de Gestión de  Talento Humano, debiendo asegurar en cada caso el cumplimiento de la ley bajo responsabilidad de dicha Subdirección, de 138 contratos ocasionales para el proceso de fortalecimiento del control de pertinencia médica, correspondientes a las partidas  especiales  contempladas en la-Resolución C.D. 569, por 180 días a partir del 01 de enero de 2020, conforme la lista de asignaciones adjunta, como excepción al Plan de Austeridad y Restricción de Gastos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, aprobado con Resolución C.D. 480 de 23 de marzo de 2015.

Artículo 2.- La Dirección General, la Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar, la Subdirección Nacional de Gestión de Talento Humano y la Dirección Nacional de Gestión Financiera, en conjunto con las diferentes dependencias del Instituto a nivel nacional, dentro de sus competencias, son los responsables de la aplicación de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- En el plazo

máximo de 90 días, el Director General deberá presentar   al Consejo Directivo el proyecto para la autorización de gasto, de la contratación de la auditoría médica que se requiere para este caso.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

CUSTODIADO EN EL ARCHIVO DE: PROSECRETARÍA.- f.) Ilegible, Subdirección Nacional de Gestión Documental.

Jueves 21 de Mayo de 2020