Nº C.D.285
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
Resuelve:
Art. UNICO.- Derogar el primer inciso del artículo 5 de la Resolución Nº C.I.057 de 2 de febrero del 2000.
DISPOSICION TRANSITORIA.- Durante el período de transición hasta que inicie sus operaciones el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, continuará en funciones quien ejerce actualmente la Presidencia de la Comisión Técnica de Inversiones, con todos los deberes y atribuciones señalados en el Reglamento Interno de la Comisión Técnica de Inversiones.
DISPOSICION FINAL.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Certifico.- Que la presente resolución fue aprobada por el Consejo Directivo en dos discusiones, en sesiones celebradas el 21 y el 22 de octubre del 2009.
f.) Dr. Patricio Arias Lara, Prosecretario, Consejo Directivo.
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Dr. MSc. Patricio Arias Lara, Prosecretario, Concejo Directivo.- 22 de octubre del 2009.
Certifico que esta es fiel copia auténtica del original.- f.) Dr. Angel V. Rocha Romero, Secretario General del IESS.
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