Nº C.D. 354
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
Resuelve:
Expedir las siguientes reformas a la Resolución Nº C.D.275 de 26 de agosto del 2009, que contiene las NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROCESOS INTERNOS DE CONTRATACIÓN DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
ARTÍCULO ÚNICO.- Agréguese una Disposición General que diga:
“……. .- PROCESOS DE LA FASE PREPARATORIA: En la fase preparatoria de los procesos precontractuales, para la adquisición de bienes, ejecución de obras o prestación de servicios que consten en el Plan Anual de Contrataciones (PAC), intervendrá un delegado de la Procuraduría General del IESS y un delegado de la unidad requirente relacionada con el objeto de la contratación, sin perjuicio de que participen directamente sus titulares.
PROCEDIMIENTO: En la fase preparatoria que se ejecute en el IESS, se cumplirá el siguiente procedimiento:
- El titular de la unidad requirente previo al inicio de los procesos precontractuales, designará la comisión encargada de elaborar los PLIEGOS que deberán incluir las especificaciones técnicas y el precio referencial del bien, obra o servicio a contratarse, así como la certificación presupuestaria, que se conferirá en un término de cuarenta y ocho horas (48) laborables desde su requerimiento. Esta fase se cumplirá en un tiempo no mayor de quince (15) días laborables contados a partir de la fecha de notificación a los comisionados, bajo su responsabilidad.
- De conformidad con la Disposición General Tercera de las Normas para la Ejecución de los Procesos Internos de Contratación del IESS, reformadas mediante la presente Resolución, con la documentación mencionada en el literal a), la unidad requirente solicitará informe jurídico al delegado de la Procuraduría General, sobre la pertinencia del proceso, documentación y objeto de contratación, el que será emitido en un término no mayor de cuatro (4) días hábiles. Presentado el informe jurídico se solicitará la autorización de gasto e inicio del proceso precontractual al funcionario u órgano competente.
- Cuando la autorización de gasto e inicio del proceso precontractual corresponda al Consejo Directivo, se requerirá el informe del Procurador General del IESS, que lo emitirá en un término no mayor de ocho (8) días contados desde la fecha de recepción del pedido. De faltar información, el Procurador General la solicitará de inmediato suspendiéndose el término hasta que sea presentada, en cuyo caso será de responsabilidad exclusiva del titular de la unidad requirente la demora del trámite.
- En los procesos precontractuales a los que se refiere el literal precedente, la documentación completa incluida los PLIEGOS será enviada al Director General. De ser necesario contar con información técnica adicional, se solicitará nuevos informes que se presentarán en un término no mayor a cuatro (4) días. La unidad podrá pedir ampliación del término.
Concluido el procedimiento anterior, el Director General solicitará al Consejo Directivo la autorización para el inicio del proceso precontractual, en los casos que así corresponda.
Este procedimiento podrá aplicarse en cuanto sea pertinente para los procesos de adquisición de fármacos.”.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
La Comisión Jurídica procederá a la Codificación de las Normas para la Ejecución de los Procesos Internos de Contratación del IESS.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- De la aplicación de la presente Resolución encárguese el Director General, el Procurador General y la Directora Económica Financiera del IESS.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese.
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