Resolución DAJ-20142C3-0201.0221 Modifíquese la Resolución DAJ- 2014272-0201.0210 de 26 de junio de 2014

No. DAJ-20142C3-0201.0221
Diego Vizcaíno Cabezas
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO - AGROCALIDAD

Resuelve:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Disposición Derogatoria Primera de la Resolución DAJ-2014272-0201.0210 de 26 de junio del 2014, en la cual establece lo siguiente: “Primera.- Deróguese la Resolución Nº 011 del 26 de febrero del 2009, publicada en el Registro Oficial Nº 118 del 22 de abril de 2009, en la cual se expide los requisitos fitosanitarios establecidos para semillas de pimiento (Capsicum annuum L.) provenientes de Chile.”

Artículo 2.- Salvo lo considerado en el artículo anterior de la presente Resolución, quedan vigentes en todas sus partes los artículos contemplados en la Resolución DAJ-2014272-0201.0210 suscrita el 26 de junio del 2014 .

Artículo 3.- De la ejecución de la presente Resolución encárguese a la Dirección de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 7 de Julio de 2015