Resolución DAJ-201439E-0201.0327 Prorróguese el plazo de ejecución de la Primera Fase de Vacunación contra la Fiebre Aftosa en el cantón Daule provincia del Guayas ...

No. DAJ-201439E-0201.0327

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD

Resuelve:

Artículo 1.- Prorrogar el plazo de ejecución de la Primera Fase de Vacunación contra la Fiebre Aftosa en el cantón Daule provincia del Guayas, desde el día Lunes 22 de septiembre hasta el día domingo 28 de septiembre de 2014.

Artículo 2.- La aplicación de la vacuna será realizada por los brigadistas, los mismos que cumplirán las disposiciones técnicas – administrativas y su cumplimiento será supervisado por AGROCALIDAD.

Artículo 3.- AGROCALIDAD, actuará durante todo este periodo de vacunación, con Médicos Veterinarios y personal técnico en el cantón Daule provincia del Guayas, quienes supervisarán y controlarán el proceso de vacunación.

Artículo 4.- Queda prohibida la venta de la vacuna anti- aftosa en todo el territorio nacional.

Artículo 5.- Se determinan como especies obligatorias de vacunación a los bovinos y bufalinos en el cantón Daule provincia del Guayas; el costo de aplicación de biológico será de 0,30 USD (TREINTA CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANO), mismo que serán asumidos por los ganaderos. Una vez vacunados los animales, se entregará un certificado único de vacunación correspondiente a la primera fase 2014.

Artículo 6.- El único documento habilitante para la obtención de las Guías de movilización de los animales bovinos y bufalinos, será el certificado único de vacunación de la primera fase contra la erradicación de la fiebre aftosa

2014.

Artículo 7.- Se prohíbe la movilización de los bovinos y bufalinos a nivel nacional, sin su respectiva Guía de movilización, caso contrario los propietarios estarán sujetos a lo establecido por la Ley de Sanidad Animal, Ley de Erradicación de Fiebre Aftosa y sus respectivos reglamentos.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La ejecución de vacunación contra fiebre aftosa realizada en el cantón Daule provincia de Guayas, antes de la presente Resolución tienen plena validez, por lo que se ratifica enla presente Resolución.

DISPOSICIONES FINALES

De la ejecución de la presente Resolución encárguese a la Coordinación General de Sanidad Animal y al Proceso Desconcentrado Distrital y Artículación Territorial de Guayaquil.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin prejuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Sábado 26 de Septiembre de 2015