No. DZ9-DZORDFI15-00000001
EL DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Resuelve:
Artículo 1.- Delegar en la Dirección Zonal 9 las facultades de expedir y suscribir los siguientes actos:
- A las servidoras Mildrey Del Carmen Pazmiño Garzon y/o Veronica De Lourdes Sanipatin Gamboa:
a) Reducción o exoneración de anticipo de Impuesto a la Renta de personas jurídicas y personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
- A la servidora Ana Cristina Cardenas Lopez y/o al servidor Esteban Leonardo Romero Gordón:
a) Baja de obligaciones cuando se trate de más de una sustitutiva;
b) Exoneración o reducción del Impuesto a las Tierras rurales; y,
c) Depreciación acelerada.
- A los servidores German Gustavo Lopez Fierro y/o Mauro Renato Tejada Ramon:
a) Reducción o exoneración de anticipo de anticipo de Impuesto a la Renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
- A las servidoras Sonia Alejandra Alvarez Castillo y/o Naira Dayuma Serrano Añazco:
a) Prescripción de obligaciones.
- A la servidora Lorena Patricia Reyes Hinojosa y/o al servidor David Esteban Gallegos Balladares:
a) Baja de obligaciones;
b) Compensación de créditos tributarios o saldos a favor previamente reconocidos y aplicados a obligaciones tributarias; y,
c) Compensaciones en general.
- A los servidores: Jorge Alipio Vinueza Diaz, Paola Sabrina Lopez Santos, Andres David Gomez Perez, Paola Elizabeth Amores Andrade, Mayra Alejandra Cañizares Guerrero, Jacqueline Lizbeth Lara Villafuerte, Maria Jose Lopez Orozco y Olga Del Pilar Viteri Jarrin:
a) Comunicaciones mediante las cuales se certifique la existencia, pago o estado de deudas tributarias. Los delegados podrán ejercer estas facultades de manera individual o conjunta.
Artículo 2.- Las facultades delegadas en la presente resolución incluyen también la competencia para emitir actos preparatorios, de simple administración y de mero trámite necesarios para el ejercicio o sustanciación de los correspondientes procedimientos administrativos señalados.
Artículo 3.- Reformar el artículo 1 de la Resolución No. ZPI-DZORDFI14-00000001, publicada en el Registro Oficial No. 401 de 20 de diciembre de 2014, de la siguiente manera:
a) Suprímase de los numerales 3.1, 3.2 y 3.3. lo siguiente: “de Atención Transaccional”.
b) Agréguese a continuación del literal e del numeral 3.3. lo siguiente:
f) Oficios que certifiquen el cambio de servicio, cambio de categoría y cambio de cilindraje, relacionados con el impuesto sobre la propiedad de los vehículos motorizados;
g) Resoluciones de inscripción y actualización de oficio del Registro Único de Contribuyentes;
h) Certificados y copias certificadas de prescripción del impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones;
i) Certificados de inscripción, actualización, suspensión o cancelación del RUC.
j) Trámites presentados por los contribuyentes y que son atendidos como consultas no vinculantes;
k) Peticiones y consultas relacionadas con facturación electrónica; y,
l) Certificados respecto a sociedades y personas naturales no inscritas en el RUC.
c) Agréguese en el numeral 3 lo siguiente:
3.5.- A las servidoras Maria Jose Tuquerres Guajan y Susana Paulina Villacis Urbina la atribución de suscribir con su sola firma los siguientes documentos:
a) Certificaciones de no poseer deudas firmes;
b) Certificados y copias certificadas referentes al impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones;
c) Certificados que atiendan solicitudes y peticiones de información de declaraciones;
d) Certificaciones sobre información de cumplimiento tributario;
e) Oficios que certifiquen el cambio de servicio, cambio de categoría y cambio de cilindraje, relacionados con el impuesto sobre la propiedad de los vehículos motorizados;
f) Resoluciones de inscripción y actualización de oficio del Registro Único de Contribuyentes;
g) Certificados y copias certificadas de prescripción del impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones;
h) Certificados de inscripción, actualización, suspensión o cancelación del RU;
i) Peticiones y consultas relacionadas con facturación electrónica; y,
j) Certificados respecto a sociedades y personas naturales no inscritas en el RUC.
c) Agréguese en el numeral 6, luego de Veronica Gabriela Peña Betancourt, lo siguiente: “la servidora Lorena Patricia Reyes Hinojosa y el servidor David Esteban Gallegos Balladares”.
d) Agréguese a continuación del literal w del numeral 8 lo siguiente:
x) Resoluciones u oficios en general que atiendan solicitudes o peticiones realizadas por contribuyentes o terceros relativas al Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas.
Disposición General Única.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
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