Nro. EPPUEP-GJUR-2015-0007-R Guayaquil, 11 de noviembre de 2015
EL GERENTE JURÍDICO DE LA EMPRESA PÚBLICA DE PARQUES URBANOS
Y ESPACIOS PÚBLICOS. EP
Resuelve:
Primero.- Deléguese al Abogado Calixto Fernando Bajaña Tamayo, Especialista Jurídico 3, de la Empresa Pública de Parques Urbanos y Espacios Públicos - EP, para que, previo cumplimiento y apego a la legislación vigente, a nombre y en representación del Gerente Jurídico de la empresa pública, ejerza las siguientes atribuciones y responsabilidades:
1.1. Emita criterios y pronunciamientos jurídicos en los casos que le sea dispuesto por el delegante;
1.2. Patrocinar a la Empresa Pública de Parques Urbanos y Espacios Públicos, en todos los procesos judiciales, constitucionales y arbitrales, para cuyo efecto se coordinará con la Procuraduría General del Estado la defensa de los juicios, conforme a la Procuración Judicial que se expedirá al efecto.
1.3. Elaborar proyectos de resoluciones, contratos, convenios, e instrumentos legales jurídicos institucionales e interinstitucionales, que disponga el Superior;
1.4. Participar en reuniones de trabajo y comisiones técnicas que sean requeridas, dentro y fuera de la empresa, según disposición del delegante.
1.5. Supervisar legalmente la ejecución de los procedimientos para la contratación de obras y prestación de servicios de consultoría, a fin que se efectúen en concordancia con las normas contenidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su reglamento general, y normas conexas, por disposición del delegante.
1.6. Informes especiales en materia inmobiliaria;
1.7. Gestiones frente a las distintas instituciones del sector público (Notarias, Municipios o GADS, Registros de la Propiedad, Registro Mercantil, Superintendencia de compañías), para perfeccionar la transferencia de dominio de bienes inmuebles a favor de la EPPUEP.
1.8. Revisar la gestión de las distintas áreas de actividad de la Gerencia Jurídica de la EPPUEP en temas contractuales, inmobiliarios y procesales.
1.9. Intervenir en procesos judiciales y extrajudiciales en representación de la empresa pública, inclusive procedimientos de mediación.
1.10. Las demás que le delegue por escrito el Gerente
Jurídico.
Segundo.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución de Delegación, el delegado deberá constatar, bajo su responsabilidad, la cabal y completa existencia de la documentación de soporte, que a su vez deberá ser archivada en el expediente respectivo en cada caso.
Tercero.- Los actos administrativos que en ejercicio de la delegación conferida en esta resolución expida el
funcionario a que se refiere la misma, están sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ella.
Cuarto.- En todo caso el delegante en cualquier tiempo podrá reasumir las funciones delegadas y revisar los actos administrativos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones legales aplicables al caso. Así también, a su criterio, podrá suspender la delegación en los temas que considere pertinentes.
Quinto.- Para la autorización respectiva, bastará la mera sumilla del delegante en que se señale la actuación por delegación del Ab. Fernando Bajaña Tamayo.
Sexto.- El delegado presentará informe mensual de las actividades que se le han delegado para descargo de sus gestiones ante el delegante.
Séptimo.- La presente resolución sustituye en todas y cada una de sus partes a la Resolución No. EPPUEP-GJUR-
2015-0005-R del 29 de octubre del 2015.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución Administrativa, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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