No. JB-2010-1850
LA JUNTA BANCARIA
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar las tarifas máximas para el período trimestral que comprende los meses de enero, febrero y marzo del 2011, dentro de las cuales las instituciones del sistema financiero podrán efectuar cobros por la prestación efectiva de los servicios financieros que constan en el siguiente cuadro:
SERVICIOS CON TARIFA MÁXIMA
Vigente a partir del 1 de enero de 2011
|
¹ Se entiende por "cheque consideración cámara de compensación", al servicio de análisis y aprobación de pago de cheques sin fondos suficientes, dentro y/o fuera de tiempo de cámara de compensación. Para su prestación, la institución financiera contacta a los clientes que no poseen sobregiro contratado, a fin de que una vez que el cliente lo autorice, se proceda con la provisión de este servicio.
* Dada la diversidad de tarjetas de crédito que emiten las instituciones financieras y las compañías emisoras y/o administradoras de tarjetas de crédito, la Junta Bancaria aprobará en forma individual las tarifas máximas que cobrarán para la emisión y/o renovación de tales tarjetas.
TARIFAS PORCENTUALES DE AFILIACIÓN A EST ABLECIMIENT OS COMERCIALES
Vigente a partir del 1 de enero de 2011
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Artículo 2.- Determinar cómo transacciones básicas y que por su naturaleza son gratuitas a las siguientes:
No. |
SERVICIOS |
APLICA PARA |
EN DÓLARES |
1 |
Apertura decuentas |
Cuenta deahorros |
0,00 |
Cuenta corriente |
0,00 |
||
Cuenta deintegración decapital |
0,00 |
||
Depósitos a plazos |
0,00 |
||
Inversiones |
0,00 |
||
Información crediticia básica |
0,00 |
||
2 |
Depósitos a cuentas |
Cuenta deahorros |
0,00 |
Cuenta corriente |
0,00 |
||
Depósitos a plazos |
0,00 |
||
Inversiones |
0,00 |
||
3 |
Administración, mantenimiento, mantención y manejo decuentas |
Cuenta deahorros |
0,00 |
Cuenta corriente |
0,00 |
||
Depósitos a plazos |
0,00 |
||
Inversiones |
0,00 |
||
4 |
Consulta decuentas |
Consulta, Oficina |
0,00 |
Consulta visual, Cajero automático |
0,00 |
||
Consulta, Internet |
0,00 |
||
Consulta, Banca Telefónica |
0,00 |
||
Consulta, Banca Celular |
0,00 |
||
5 |
Retiros de dinero |
Retiro dedinero por ventanilla dela propia entidad |
0,00 |
Retiro dedinero por cajero automático clientes propia entidad |
0,00 |
||
6 |
Transferencia dentro de la misma entidad |
Transferencias, medios físicos (ventanilla) |
0,00 |
Transferencias, medios electrónicos (cajero automático, internet, teléfono, celular y otros) |
0,00 |
||
7 |
Cancelación o cierre decuentas |
Cuenta deahorros |
0,00 |
Cuenta corriente |
0,00 |
||
8 |
Activación decuentas |
Activación deCuenta deahorros |
0,00 |
Activación deCuenta corriente |
0,00 |
||
Activación deTarjeta deCrédito |
0,00 |
||
Activación deTarjeta deDebito y/oPago |
0,00 |
||
9 |
Mantenimiento deTarjeta de Crédito |
Mantenimiento deTarjeta deCrédito |
0,00 |
Mantenimiento pago mínimo deTarjeta deCrédito |
0,00 |
||
Mantenimiento pago total deTarjeta deCrédito |
0,00 |
||
10 |
Pagos a Tarjetas deCrédito |
Pagos a Tarjetas deCrédito, por losdiferentes canales |
0,00 |
11 |
Bloqueo, anulación o cancelación |
Bloqueo, anulación o cancelación deTarjeta deDébito y/oPago |
0,00 |
Bloqueo, anulación o cancelación deTarjeta deCrédito |
0,00 |
||
12 |
Emisión deTabla deAmortización |
Emisión deTabla deAmortización, primera impresión |
0,00 |
13 |
Transacciones fallidas encajeros automáticos |
Transacciones fallidas encajeros automáticos, todos loscasos |
0,00 |
14 |
Reclamos declientes |
Reclamos justificados |
0,00 |
Reclamos injustificados |
0,00 |
||
15 |
Frecuencia detransacciones |
Cuenta deahorros |
0,00 |
Cuenta corriente |
0,00 |
||
Tarjeta decrédito |
0,00 |
||
16 |
Reposición libreta/ cartola/ estado decuenta por actualización |
Reposición libreta/ cartola/ estado decuenta por actualización |
0,00 |
Artículo 3.- La Superintendencia de Bancos y Seguros controlará, la observancia de las tarifas máximas establecidas en esta resolución, y aplicará, de ser el caso, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de exigir la restitución de los valores indebidamente cobrados.
Artículo 4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA.- Durante la vigencia de esta resolución la Junta Bancaria podrá modificar sus disposiciones, en cualquier tiempo, para reformar las tarifas máximas, así como para incorporar nuevos servicios sujetos a tarifa, o para agregar transacciones básicas que por su naturaleza deben ser gratuitas.
Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.
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