Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la administración pública central e institucional, serán delegables, conforme lo dispone el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo del Función Ejecutivo;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 723 del 9 de julio de 2015, en su Art. 1 establece que: "El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, tendrá a su cargo la rectoría, planificación, regulación y control técnico del sistema de transporte marítimo, fluvial y de puertos";
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 020 del 12 de abril de 2012, se desconcentran las competencias y atribuciones, productos y responsabilidades de la SPTMF, a las Direcciones Provinciales, las mismas que serán ejecutadas por equipos de trabajo ubicados en las dependencias de las Autoridades Portuarias correspondientes a los puertos: Puerto Bolívar, Manta, Esmeraldas y en Galápagos Puerto Baquerizo Moreno y Puerto Ayora; y, otros espacios geográficos donde se desarrolle la actividad portuaria, marítima y fluvial, en función de las prioridades que establezca la SPTMF;
Que, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas aprobó mediante Acuerdo Ministerial 0059 el 17 de julio del 2015 Registro Oficial Edición Especial 361 de 26 de agosto de 2015 el "Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio del Transporte y Obras Públicas";
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 039 de 13 de mayo de 2013 se modifica el Art. 1 del Acuerdo Ministerial Nro. 020 del 12 de abril de 2012, de la siguiente manera: "Desconcentrar las competencias, atribuciones, productos y responsabilidades de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), a nivel de territorios donde se ejecutan las actividades: portuarias, marítima y fluvial";
Que, mediante Acción de Personal No. 00059 de 01 de mayo de 2018, se asigna la partida presupuestaria en concordancia con el traspaso del presupuesto a la SPTMF por el Acuerdo Ministerial 005 a la Ing. Aminta Katherine Vélez Zambrano, Analista de Tráfico Marítimo y Fluvial 2;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 0093 de fecha de 22 de octubre de 2018, la Coordinación Administrativa Financiera, en uso de sus atribuciones legales que leconcede el Acuerdo Ministerial No. 046 de 21 de julio de 2017, Resuelve nombrar al Ing. David Andrés Mejía Sarmiento, para que ocupe el puesto de Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial de esta Cartera de Estado;
Que, es necesario emitir una nueva resolución en virtud a la designación del Ing. David Andrés Mejía Sarmiento, Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial;
y.
En uso de su facultad contemplada en el Decreto Ejecutivo No. 723 de 09 de julio de 2015, publicado en el Registro Oficial No. 561 del 07 de agosto del 2015.