Que, el artículo 17 del Reglamento para el pago de Viáticos, Movilizaciones y Subsistencias en el Exterior, para las y los Servidores y Obreros Públicos, establece que: “Las autorizaciones de viaje al exterior, para cumplir tareas oficiales o servicios institucionales derivados de las funciones de un puesto de las servidoras, servidores, obreras u obreros que laboren en entidades de la Función Ejecutiva y de las entidades adscritas a la misma, se las realizará a través del correspondiente acuerdo o resolución, según sea el caso, previa autorización de la Secretaría Nacional de la Administración Pública a través del sistema informático para viajes al exterior de la Presidencia…”;
Que, el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva, establece lo siguiente: “ Si por casos de emergencia o fuerza mayor el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida en el presente Reglamento (tres días de antelación al viaje), la entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor, previo el análisis de los justificativos presentados a la máxima autoridad institucional, o su delegado”;
Que, mediante Acuerdo No.006-2015 de 04 de septiembre de 2015, el Vicepresidente Constitucional de la República, Ing. Jorge Glas Espinel, encargó la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, al Ing. Gustavo Adolfo Giler Alarcón;
Que, el 09 de septiembre de 2015, el Secretario Técnico Encargado, Ing. Gustavo Adolfo Giler Alarcón, mediante Resolución Nro. STD-CGJ-RA-0060-2015, delegó al Coordinador General Administrativo Financiero, la facultad de suscribir, previo el cumplimiento de los requisitos respectivos, los actos administrativos de autorización y declaración de servicios institucionales en el exterior, para el personal de las áreas sustantivas, adjetivas de asesoría y apoyo de la institución;
Que, mediante memorando Nro. STD-DSP-066-2015- MEM de 23 de octubre de 2015, el Secretario Técnico Encargado, Ing. Gustavo Adolfo Giler Alarcón, manifestó que el señor Carlos Díaz Orellana fue delegado para asistir al “Ciclo formativo de alto nivel sobre inclusión de personas con discapacidad en la gestión de riesgos ante desastres”, a realizarse en Nicaragua, Costa Rica y Panamá del 25 al 31 de octubre de 2015, sin embargo, no pudo asistir por motivos de índole personal; por lo cual solicitó
al señor Larry Navarrete Valenzuela, que asista al citado evento, y coordine todas las acciones necesarias para su movilización, todas vez que los costos de pasajes, alimentos y estadía serán cubiertos por los organizadores del evento;
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro.
002-STD-DGI-SLNV-2015 de 04 de noviembre de 2015, el señor Larry Navarrete indicó que los gastos de viáticos y subsistencias concernientes a alimentación, alojamiento, movilización, pasaje de ida y retorno que se produjeron con motivo del evento fueron cubiertos por la organización anfitriona.
Que, en la solicitud de viajes al exterior No. 48537 de 11 de noviembre, de la Secretaría Nacional de la Administración Pública (SNAP), consta la autorización del viaje extemporánea del señor Sammy Larry Navarrete Valenzuela, Asistente Intersectorial, desde el 26 al 31 de octubre de 2015, para participar en el ciclo formativo de alto nivel sobre inclusión de personas con discapacidad en la gestión de riesgos ante desastres, a desarrollarse en Nicaragua, Costa Rica y Panamá;
Que, mediante memorando Nro. STD-DRH-2015-
0868-MEM de 11 de noviembre de 2015, la Directora de Administración de Recursos Humanos, Psc. María de Lourdes Álava Zambrano, indicó a esta Coordinación General, que mediante autorización de viajes Nro. 48537 se procedió a realizar la legalización extemporánea del viaje al exterior del señor Sammy Larry Navarrete; y solicitó se disponga la legalización del viaje y de las actuaciones administrativas realizadas para el efecto;
Que, mediante nota inserta memorando Nro. STD-DRH-
2015-0868-MEM de 11 de noviembre de 2015, esta Coordinación General, solicitó a la Coordinación General de Asesoría Jurídica, elaborar la resolución correspondiente; y,
En cumplimiento a lo determinado en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva; y, de la Resolución Nro. STD-CGJ-RA-0060-2015 de 9 de septiembre de 2015,