Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, dispone que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley, además tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la Norma Fundamental, determina que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 338 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado promoverá y protegerá el ahorro interno como fuente de inversión productiva en el país;
Que, el Artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, dispone que cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones. Podrán asimismo, delegar sus funciones a servidores públicos de otras institucionales estatales, cumpliendo el deber constitucional de coordinar actividades por la consecución del bien común.
Que, el artículo 22 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que “Las entidades y empresas públicas que expresamente están adscritas a la Presidencia de la República o Vicepresidencia de la República o uno de los Ministerios de Estado se regirán en su estructura, según sus normas de creación y por los respectivos reglamentos orgánicos funcionales o reglamentos orgánicos por procesos.”;
Que, el artículo 134 en el numeral 1 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que “La administración podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan (...);
Que, el artículo 263 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público determina: “Viáticos en el exterior.- El Ministerio de Relaciones Labores emitirá mediante Acuerdo la reglamentación sobre el cálculo, tabla y zonas correspondientes para el pago de los viáticos en el exterior, para lo cual se deberá contar con el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas. En caso de que la institución pague directamente alguno de los gastos, se descontará del respectivo viático conforme la reglamentación que expida mediante Acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales;
Que, el Reglamento de viáticos para servidores públicos al exterior, emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 51, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 392 de 24 de febrero 2011 dispone la base normativa, técnica y procedimental que permite a las instituciones, organismos, dependencias y entidades del Estado, de conformidad con lo señalado en la Constitución de la República y la ley, viabilizar el cálculo y pago de viáticos cuando las servidoras, servidores, obreras y obreros del sector público se desplacen a cumplir tareas oficiales o servicios institucionales derivados de las funciones de su puesto, en el exterior;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), emitido por el Secretario Nacional de la Administración Pública, mediante Acuerdo Ministerial No. 998, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 422 de fecha 22 de enero de 2015, y su reforma realizada mediante Acuerdo Ministerial No. 1084 publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 507 de fecha 25 de mayo del 2015, establece las directrices para procesar las solicitudes de viajes al exterior de funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional, así como determinar parámetros para autorizar estas solicitudes, y determina en su artículo 12 como “Emergencia o fuerza mayor.- Si por casos de emergencia o fuerza mayor el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida en el presente Reglamento (tres días de antelación al viaje), la entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor, previo el análisis de los justificativos presentados a la máxima autoridad institucional, o su delegado”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 547 de fecha 14 de enero del 2015, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 428 de fecha 30 de enero de 2015, el Eco. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, transforma a la Secretaría Técnica de Discapacidades creada mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6 de 30 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial Nro. 14 fecha de 13 de junio de 2013, en Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, como entidad adscrita a la Vicepresidencia de la República, con personalidad jurídica, autonomía administrativa y financiera, para la coordinación intersectorial de la implementación y ejecución de la política pública en materia de discapacidades;
Que, mediante Acuerdo Nro. 002-2015 de fecha 14 de enero de 2015, el Ing. Jorge Glas Espinel, Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador nombra como Secretario Técnico para la Gestión Inclusiva en Discapacidades al Dr. Alex Esteban Camacho Vásconez;
Que, mediante Resolución Nro. RA-001-2015 de fecha 15 de enero de 2015, reformado mediante Resolución Nro. RA-009-2015 de 10 de febrero de 2015, el Dr. Alex Camacho Vásconez Máxima Autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades en ejercicio de sus atribuciones resuelve: “Delegar a el/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, para que además de las funciones a su cargo y sobre la base de las necesidades generadas por las direcciones y unidades de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, realice lo siguiente: 15.- Emitir y suscribir, previo los informes técnicos que lo motiven, las resoluciones, reglamentos, disposiciones, instructivos, instrucciones, consultas o cualquier otro tipo de acto administrativo, expresado en documento legal para el cabal cumplimiento de los fines, atribuciones y objetivos de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades”;
Que, con OFICIO-SEDIS-SIS/158-15 de fecha 16 de junio del 2015, la Sra. Olga Alvarado Subsecretaria de Políticas e Inclusión Social de la República de Honduras, informa al Dr. Alex Camacho, Secretario Técnico de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades de la Vicepresidencia de la República, que en el marco de la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en materia de discapacidades con la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras, el evento se realizará en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras el 24 de junio de 2015; los gastos de pasajes aéreos y hospedaje para los funcionarios: 1) Alex Camacho, Secretario Técnico, 2) Andrea Pérez, Asuntos Internacionales 3) Maricela Nantipa, Directora Provincial 4)Paúl Domínguez, Coordinador de Evaluación y Seguimiento, del 23 al 26 de junio serán asumidos por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras;
Que, mediante oficio Nro. STD-STD-2015-2786-OF de fecha 17 de junio de 2015, el Dr. Alex Camacho Secretario Técnico pone en conocimiento del Secretario General de la Vicepresidencia de la República, que la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de la República de Honduras convoca a la delegación de Ecuador a la Firma del Convenio de Cooperación Institucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión social de Honduras, solicita la autorización para ir a la ciudad de Tegucigalpa del 23 al 26 de junio del 2015 para los funcionarios: 1) Alex Camacho, Secretario Técnico, 2)Andrea Pérez, Asuntos Internacionales 3) Maricela Nantipa, Directora Provincial 4)Paúl Domínguez, Coordinador de Evaluación y Seguimiento; indica que los gastos relacionados con transporte, hospedaje y alimentación durante la visita oficial serán asumidos por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Honduras (Para toda la delegación);
Que, mediante oficio Nro. VPR-SG-2015-1754-O de fecha 18 de junio del 2015, el Sr. Sergio Ruiz Secretario General de la Vicepresidencia del Ecuador, informa al Dr. Alex Camacho Vásconez, Secretario Técnico, de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, que ha sido autorizado para participar en la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en Materia de Discapacidades que se realizará en Tegucigalpa del 23 al 26 de junio del presente año y los gastos correspondientes a transporte, hospedaje y alimentación serán financiados en su totalidad por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras; además indica que la delegación que le acompañará debe ser autorizada por el Secretario Técnico de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, por ser una entidad autónoma;
Que, con fecha 18 de junio de 2015 mediante memorando Nro. STD-STD-2015-0186-MEM, el señor Secretario Técnico, pone en conocimiento del Coordinador General Administrativo Financiero, el oficio Nro. VPR-SG-2015-1754-O de fecha 18 de junio, enviado por el señor Sergio Ruiz, Secretario General de la Vicepresidencia de la República, mediante el cual autoriza su participación a la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras; adicionalmente se ha establecido la elaboración de la ruta de trabajo entre SETEDIS Y SEDIS, razón por la cual la delegación que participará en la vista estará conformada por los funcionarios: 1) Alex Camacho, Secretario Técnico, 2) Andrea Pérez, Asuntos Internacionales 3) Maricela Nantipa, Directora Provincial 4)Paúl Domínguez, Coordinador de Evaluación y Seguimiento; dispone realizar los trámites pertinentes e indica que los gastos relacionados con pasajes aéreos, hospedaje y alimentación serán asumidos por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras, adjunta documentos habilitantes;
Que, mediante memorando Nro. STD-CAF-2015-0687- MEM de fecha 19 de junio de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero dispone a la Directora Administrativa, Director Financiero y Directora de Administración de Talento Humano, que en atención al memorando Nro. STD-STD-2015-0186-MEM y al oficio Nro. VPR-SG-2015-1754-O, se realicen las acciones que sean pertinentes a fin de que los funcionarios 1) Alex Camacho, Secretario Técnico, 2)Andrea Pérez, Asuntos Internacionales 3) Maricela Nantipa, Directora Provincial 4)Paúl Domínguez, Coordinador de Evaluación y Seguimiento, participen en la Firma del Convenio de Cooperación Institucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión social de Honduras; indica que los gastos relacionados con el transporte, hospedaje y alimentación durante la visita oficial serán asumidos por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras, adjunta documentos ;
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro. 002-STD-STD-AECV-2015 de fecha 29 de junio del 2015, el Dr. Alex Esteban Camacho, Secretario Técnico para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, adjunta los parámetros establecido en la ley para la autorización de viajes al exterior, a fin de que esta Cartera de Estado participe en la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras. Recalca que los gastos relacionados a pasajes aéreos de ida y retorno, alimentación, movilización que se produzcan con motivo del evento serán cubiertos por la Organización Anfitriona, y, por efectos del viaje de ida y retorno, el funcionario hará uso de la Comisión de Servicios, por el periodo comprendido entre el 23 al 26 de junio de 2015;
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro. 001-STD-CAIP-MCNC-2015 de fecha 29 de junio del 2015, la Dra. Maricela Clementina Nantipa Cerda, Directora del Centro de Atención Integral de Discapacidades de Pastaza, de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, adjunta los parámetros establecido en la ley para la autorización de viajes al exterior, a fin de que esta Cartera de Estado participe en la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras. Recalca que los gastos relacionados a pasajes aéreos de ida y retorno, alimentación, movilización que se produzcan con motivo del evento serán cubiertos por la Organización Anfitriona, y, por efectos del viaje de ida y retorno, el funcionario hará uso de la Comisión de Servicios, por el periodo comprendido entre el 23 al 26 de junio de 2015;
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro. 001-STD-DAÍ-MCNC-AEPP-2015 de fecha 29 de junio del 2015, la Sra. Andrea Pérez, Técnica de Asuntos Internacionales de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, adjunta los parámetros establecido en la ley para la autorización de viajes al exterior, a fin de que esta Cartera de Estado participe en la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en Materia de Discapacidades entre la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno de Honduras. Recalca que los gastos relacionados a pasajes aéreos de ida y retorno, alimentación, movilización que se produzcan con motivo del evento serán cubiertos por la Organización Anfitriona, y, por efectos del viaje de ida y retorno, el funcionario hará uso de la Comisión de Servicios, por el periodo comprendido entre el 23 al 26 de junio de 2015;
Que, mediante Solicitud de Viaje al Exterior y en el Exterior (Ingreso Extemporáneo) Nro. 44557 de fecha 21 de julio de 2015, el Sr. Sergio Ruíz, Secretario General de la Vicepresidencia de la República, legaliza de forma extemporánea el viaje el Dr. Alex Camacho, Secretario Técnico de la SETEDIS, de acuerdo al siguiente justificativo “El día 17 de junio de 2015 se recibe la invitación de la Subdirección de Discapacidades y Adulto Mayor de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Honduras, la información de la Agenda Oficial para la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en materia de Discapacidades, el mismo que se realizará en Tegucigalpa del 23 al 26 de junio del presente año. El mismo día se procedió al ingreso en el sistema electrónico de solicitud de viajes al exterior de la SNAP, el mismo que fue rechazado por no cumplir con el tiempo estipulado en la respectiva normativa para su ingreso”;
Que, mediante Solicitud de Viaje al Exterior y en el Exterior (Ingreso Extemporáneo) Nro. 44577 de fecha 03 de julio de 2015, el Dr. Alex Camacho en su calidad de máxima autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, legaliza el viaje de la Dra. Maricela Clementina Nantipa Cerda, justificando en su parte pertinente que:
“El día 17 de junio de 2015 se recibe la invitación de la Subdirección de Discapacidades y Adulto Mayor de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Honduras, la información de la Agenda Oficial para la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en materia de discapacidades que se llevo a cabo en Tegucigalpa del 23 al 26 de junio del presente año. El mismo procedió a ingresar en el sistema de viajes al exterior, el mismo que fue rechazado por no cumplir con el tiempo estipulado en la respectiva normativa”;
Que, mediante Solicitud de Viaje al Exterior y en el Exterior (Ingreso Extemporáneo) Nro. 44558 de fecha 03 de julio de 2015, el Dr. Alex Camacho en su calidad de máxima autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, legaliza el viaje de la Sra. Andrea Elizabeth Pérez Pazmiño, justificando en su parte pertinente que: “El día 17 de junio de 2015 se recibe la invitación de la Subdirección de Discapacidades y Adulto Mayor de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social de Honduras, la información de la Agenda Oficial para la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional en materia de Discapacidades, el mismo que se realizará en Tegucigalpa del 23 al 26 de junio del presente año. El mismo día se procedió al ingreso en el sistema electrónico de solicitud de viajes al exterior de la SNAP, el mismo que fue rechazado por no cumplir con el tiempo estipulado en la respectiva normativa para su ingreso”;
Que, mediante memorandos Nros. STD-DRH-2015- 0530-MEM y STD-DRH-2015-0591-MEM de fecha 10 de julio y 21 de julio de 2015 respectivamente, la Directora de Administración de Talento Humano solicita al Coordinador General Administrativo Financiero disponga a quien corresponda la convalidación del viaje al exterior y las actuaciones administrativas realizadas para el efecto, justificando en su parte pertinente lo siguiente
“Únicamente se procesarán las solicitudes cuando estas sean ingresadas con tres (3) días laborales de antelación al viaje del servidor público”; con lo indicado se solicitó a esta Dirección el día viernes 19 de junio del presente año, asesorar en el sistema de viajes al exterior, informando que la Organización Anfitriona no les ha remitido los documentos necesarios para proceder con el ingreso al sistema, lo que se configura en un caso fortuito ajeno a la Secretaría Técnica, razón por la cual no se cumplió con el plazo determinado y en base al Art. 12 del Reglamento de Viajes al Exterior, que determina: “Si por casos de emergencia o fuerza mayor el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida en el presente Reglamento (tres días de antelación al viajes), la entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor, previo el análisis de los justificativos presentados a la máxima autoridad institucional, o su delegado.”; se procedió a realizar la legalización del viaje al exterior el día lunes 29 de junio mediante Solicitudes de Autorización de Viajes al Exterior Nro. 44557 del Dr. Alex Camacho, Secretario Técnico y Nro. 44558 de Andrea Pérez, Asistente de Asuntos Internacionales y con fecha 30 de junio la Solicitud de Autorización Nro.44577 de la Dra. Maricela Nantipa, Directora del Centro de Atención Integral de Discapacidades de Pastaza, mediante los cuales se legalizan y autorizan extemporánea el viaje al exterior (…)”;
Que, con nota inserta en el memorando Nro. STD- DRH-2015-0591-MEM de fecha 21 de julio de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero dispone a la Coordinación General Jurídica “Para su análisis y elaboración de la Resolución pertinente”;
En uso de las facultades delegadas: