Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, dispone que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley, además tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la Norma Fundamental, determina que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 338 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado promoverá y protegerá el ahorro interno como fuente de inversión productiva en el país;
Que, el Artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, dispone que cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones. Podrán asimismo, delegar sus funciones a servidores públicos de otras institucionales estatales, cumpliendo el deber constitucional de coordinar actividades por la consecución del bien común.
Que, el artículo 22 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que “Las entidades y empresas públicas que expresamente están adscritas a la Presidencia de la República o Vicepresidencia de la República o uno de los Ministerios de Estado se regirán en su estructura, según sus normas de creación y por los respectivos reglamentos orgánicos funcionales o reglamentos orgánicos por procesos.”;
Que, el artículo 263 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público determina: “Viáticos en el exterior.- El Ministerio de Relaciones Labores emitirá mediante Acuerdo la reglamentación sobre el cálculo, tabla y zonas correspondientes para el pago de los viáticos en el exterior, para lo cual se deberá contar con el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas. En caso de que la institución pague directamente alguno de los gastos, se descontará del respectivo viático conforme la reglamentación que expida mediante Acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales;
Que, el Reglamento de viáticos para servidores públicos al exterior, emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 51, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 392 de 24 de febrero 2011 dispone la base normativa, técnica y procedimental que permite a las instituciones, organismos, dependencias y entidades del Estado, de conformidad con lo señalado en la Constitución de la República y la ley, viabilizar el cálculo y pago de viáticos cuando las servidoras, servidores, obreras y obreros del sector público se desplacen a cumplir tareas oficiales o servicios institucionales derivados de las funciones de su puesto, en el exterior;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), emitido por el Secretario Nacional de la Administración Pública, mediante Acuerdo Ministerial No. 998, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 422 de fecha 22 de enero de 2015, y su reforma realizada mediante Acuerdo Ministerial No.
1084 publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 507 de fecha 25 de mayo del 2015, establece las directrices para procesar las solicitudes de viajes al exterior de funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional, así como determinar parámetros para autorizar estas solicitudes, y determina en su artículo 12 como “Emergencia o fuerza mayor.- Si por casos de emergencia o fuerza mayor el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida en el presente Reglamento (tres días de antelación al viaje), la entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor, previo el análisis de los justificativos presentados a la máxima autoridad institucional, o su delegado”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 547 de fecha 14 de enero del 2015, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 428 de fecha 30 de enero de 2015, el Eco. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, transforma a la Secretaría Técnica de Discapacidades creada mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6 de 30 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial Nro. 14 fecha de 13 de junio de 2013, en Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, como entidad adscrita a la Vicepresidencia de la República, con personalidad jurídica, autonomía administrativa y financiera, para la coordinación intersectorial de la implementación y ejecución de la política pública en materia de discapacidades;
Que, mediante Acuerdo Nro. 002-2015 de fecha 14 de enero de 2015, el Ing. Jorge Glas Espinel, Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador nombra como Secretario Técnico para la Gestión Inclusiva en Discapacidades al Dr. Alex Esteban Camacho Vásconez;
Que, mediante Resolución Nro. RA-001-2015 de fecha 15 de enero de 2015, reformado mediante Resolución Nro. RA-009-2015 de 10 de febrero de 2015, el Dr. Alex Camacho Vásconez Máxima Autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades en ejercicio de sus atribuciones resuelve: “Delegar a el/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a, para que además de las funciones a su cargo y sobre la base de las necesidades generadas por las direcciones y unidades de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, realice lo siguiente: 15.- Emitir y suscribir, previo los informes técnicos que lo motiven, las resoluciones, reglamentos, disposiciones, instructivos, instrucciones, consultas o cualquier otro tipo de acto administrativo, expresado en documento legal para el cabal cumplimiento de los fines, atribuciones y objetivos de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades”;
Que, con oficio S-GIFBE-15-073426 de 03 de agosto de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, en atención a los compromisos adquiridos en teleconferencia binacional del 3 de agosto de 2015, se complace en proponer a la Honorable Embajada de Ecuador, la realización de una visita técnica por parte de funcionarios de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades –SETEDIS, a la ciudad de Bogotá, los días 13 y 14 de agosto de 2015;
Que, mediante oficio Nro. MREMH-SALC-2015- 0367-O de 06 de agosto de 2015, el Emb. German Otega Almeida, Subsecretario de América Latina y el Caribe, Subrogante, comunica al Mgs. Fernando Jacome Gavilanez, que mediante Memorando Nro. MREMH- EECUCOLOMBIA-2015-0511-M de 04 de agosto de 2015, la Embajada de Ecuador en Colombia, remitió la Nota Nro. S-GIFBE-15-073426 de 03 de agosto de 2015, en la cual propone la realización de una visita técnica por parte de funcionarios de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades –SETEDIS, a la ciudad de Bogotá, los días 13 y 14 de agosto de 2015; solicita confirma a la brevedad posible la disponibilidad de realizar referida visita técnica, con el fin de transmitir la información a las instancias colombianas pertinentes;
Que, con fecha 06 de agosto de 2015, mediante memorando Nro. STD-DCI-2015-0067-MEM, el Director de Asuntos Internacionales, pone en conocimiento del Secretario Técnico, el Oficio Nro. MREMH-SALC-2015-0367-O, mediante el cual el Emb. German Otega Almeida, Subsecretario de América Latina y el Caribe (S), remite la propuesta de visita técnica de funcionarios de esta Secretaría a Bogotá, Colombia en el marco del compromiso VI del Plan Acción de la Declaración Presidencial de Rioverde, dicha visita técnica se realizará el 13 y 14 de agosto de 2015; en virtud de lo expuesto solicita autorizar la visita y delegar a los funcionarios que participarán en la misma;
Que, mediante memorando Nro. STD-STD-2015-0267- MEM de 06 de agosto de 2015, el señor Secretario Técnico, pone en conocimiento del Coordinador General Administrativo Financiero, el memorando Nro. STD- DCI-2015-0067-MEM, mediante el cual el Director de Asuntos Internacionales remite los comunicados a nuestra Embajada en Colombia y Cancillería, los cuales invitan a funcionarios de esta Secretaría a realizar una visita técnica a la ciudad de Bogotá, en el marco del compromiso VI del Plan Acción de la Declaración Presidencial de Rioverde, al respecto indica que la delegación que realizará la visita esta conformada por la Ing. Verónica Jácome Directora de Tecnologías de la Información y Comunicación y por la Msc. Daniela Navas Directora de Servicios Integrales; en tal virtud dispone realizar los trámites correspondientes a fin de asegurar el traslado de las funcionarias en mención; indica que los gastos relacionados con transporte, hospedaje y alimentación durante la visita serán asumidos por esta Secretaría Técnica.
Que, mediante memorando Nro. STD-CAF-2015-0938- MEM de 10 de agosto de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero solicita de la Directora de Administración de Recursos Humanos, Directora Administrativa, Director Financiero, que en el marco de sus competencias se sirvan realizar las acciones pertinentes a fin de atender lo solicitado en el memorando Nro. STD- STD-2015-0267MEM;
Que, mediante oficio Nro. STD-STD-2015-3534-OF de 12 de agosto de 2015, el Señor Secretario Técnico, confirma al Emb. German Otega Almeida, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que la Srta. Maria Daniela Navas Perrone y la Sra. Verónica Cecilia Jácome Guevara, funcionarias de esta Cartera de Estado, realizarán una visita técnica los días 13 y 14 de agosto de 2015 a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia; en tal virtud solicita interponga sus buenos oficios para que la misión diplomática ecuatoriana en el Hermano País presente todas las facilidades de carácter logístico a las funcionarias nombradas a fin de que lleven a cabo exitosamente los objetivos de esta visita técnica.
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro. 001-STD-DSI-MDNP-2015 de fecha 06 de agosto de 2015, la Msc. María Daniela Navas Perrone, Directora de Servicios Integrales, adjunta los parámetros establecido en la ley para la autorización de viajes al exterior, a fin de que esta Cartera de Estado realice una visita técnica en el marco del compromiso VI del Plan Acción de la Declaración Presidencial de Rioverde, dicha visita técnica se realizará el 13 y 14 de agosto de 2015. Recalca que los viáticos y subsistencias, concernientes a alimentación, alojamiento, movilización, pasaje de ida y retorno serán asumidos por la SETEDIS; para efectos del viaje de ida y retorno, se hará uso de la Comisión de Servicios, por el periodo comprendido entre el 13 al 15 de agosto de 2015;
Que, mediante Informe Técnico de Viajes al Exterior Nro. 001-STD-DTI-VCJG-2015 de fecha 06 de agosto de 2015, la Ing. Verónica Cecilia Jácome Guevara, Directora de Tecnologías de la Información y Comunicación, adjunta los parámetros establecido en la ley para la autorización de viajes al exterior, a fin de que esta Cartera de Estado realice una visita técnica en el marco del compromiso VI del Plan Acción de la Declaración Presidencial de Rioverde, dicha visita técnica se realizará el 13 y 14 de agosto de 2015. Recalca que los viáticos y subsistencias, concernientes a alimentación, alojamiento, movilización, pasaje de ida y retorno serán asumidos por la SETEDIS; para efectos del viaje de ida y retorno, se hará uso de la Comisión de Servicios, por el periodo comprendido entre el 13 al 15 de agosto de 2015;
Que, mediante Solicitud de Viaje al Exterior y en el Exterior (Autorización) Nro. 45719 de fecha 06 de agosto de 2015, el Dr. Alex Camacho en su calidad de máxima autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, autoriza el viaje a la Msc. María Daniela Navas Perrone, Directora de Servicios Integrales, a fin de realizar una visita técnica para realizar el análisis del establecimiento del proyecto “Centro de Revelo” en Colombia, sus antecedentes y los requerimientos administrativos y tecnológicos para el funcionamiento exitoso como una buena práctica de alianzas o convenios entre el gobierno y la sociedad civil, por el periodo comprendido entre el 13 al 15 de agosto de 2015;
Que, mediante Solicitud de Viaje al Exterior y en el Exterior (Autorización) Nro. 45718 de fecha 06 de agosto de 2015, el Dr. Alex Camacho en su calidad de máxima autoridad de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, autoriza el viaje a la Ing. Verónica Cecilia Jácome Guevara, Directora de Tecnologías de la Información y Comunicación, a fin de realizar una visita técnica para realizar el análisis del establecimiento del proyecto “Centro de Revelo” en Colombia, sus antecedentes y los requerimientos administrativos y tecnológicos para el funcionamiento exitoso como una buena práctica de alianzas o convenios entre el gobierno y la sociedad civil, por el periodo comprendido entre el 13 al 15 de agosto de 2015;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 0000326 de 07 de agosto de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero dispone la subrogación de la competencia al puesto de Coordinador General Administrativo Financiero al Ing. Paulo César Gutiérrez Sánchez desde el 11 hasta el 14 de agosto de 2015;
Que, mediante memorando Nro. STD-DRH-2015-0644-MEM de fecha 11 de agosto de 2015, la Directora de Administración de Talento Humano informa al Coordinador General Administrativo Financiero Subrogante, que mediante el sistema de viajes al exterior, el Dr. Alex Camacho, Secretario Técnico autoriza el viaje de las funcionarias Ing. Verónica Cecilia Jácome Guevara, Directora de Tecnologías de la Información y Comunicación, y la Msc. María Daniela Navas Perrone, Directora de Servicios Integrales, y solicita disponga a quien corresponda continúe con el trámite pertinente y adjunta los documentos de respaldo;
Que, mediante nota inserta en el memorando Nro. STD-DRH-2015-0644-MEM el Coordinador General Administrativo Financiero subrogante, dispone a la Coordinación General de Asesoría Jurídica “Favor validar y analizar trámite”;
En uso de las facultades delegadas: