Que, el segundo inciso del artículo 275 de la Constitución de la República dispone:
“(…) El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente”;
Que, el Código de Planificación y Finanzas Públicas, en su artículo 5 Principios Comunes numeral 1, dispone:
"Sujeción a la planificación.- La programación, formulación, aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y evaluación del Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas y todos los recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos de la planificación del desarrollo de todos los niveles de gobierno";
Que, el artículo 9 del Código de Planificación y Finanzas Públicas, establece que:
“La planificación del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de los derechos constitucionales, el régimen de desarrollo y el régimen del buen vivir, y garantiza el ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades públicas debe enmarcarse en la planificación del desarrollo que incorpora los enfoques de equidad, plurinacionalidad e interculturalidad”;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en su artículo 64 señala que
“Las Administraciones Públicas Central e Institucional de la Función Ejecutiva sometidos a este estatuto manifiestan su voluntad jurídica de derecho público a través de actos administrativos, actos de simple administración, hechos administrativos, contratos administrativos y reglamentos, (…) De conformidad con lo que dispone la Ley de Modernización del Estado, la extinción o reforma de los actos administrativos se rige por lo dispuesto en este estatuto, incluyendo los plazos para resolver y los efectos del silencio de la administración;
Que, mediante Resolución Nro. STD-CGJ-RA-001-2015 de fecha 05 de enero de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero, aprueba el Plan Anual de la Política Pública de Gasto Corriente y Gasto Inversión año 2015, de la Secretaría Técnica de Discapacidades;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 547 de fecha 14 de enero del 2015, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 428 de fecha 30 de enero de 2015, el Eco. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, transforma a la Secretaría Técnica de Discapacidades creada mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6 de 30 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial Nro. 14 fecha de 13 de junio de 2013, en Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, como entidad adscrita a la Vicepresidencia de la República, con personalidad jurídica, autonomía administrativa y financiera, para la coordinación intersectorial de la implementación y ejecución de la política pública en materia de discapacidades;
Que, mediante Acuerdo Nro. 002-2015 de fecha 14 de enero de 2015, el Ing. Jorge Glas Espinel, Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador nombra como Secretario Técnico para la Gestión Inclusiva en Discapacidades al Dr. Alex Esteban Camacho Vásconez;
Que, con resolución Nro. RA-001-2015 de fecha 15 de enero de 2015, reformada mediante Resolución Nro.RA-009-205 de 10 de febrero de 2015, el Dr. Alex Camacho Vásconez, Secretario Técnico delega al Coordinador General Administrativo Financiero de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, o quien haga sus veces; para que además de las funciones inherentes a su cargo y sobre las bases de las necesidades generales por las direcciones y unidades de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades realice lo siguiente:
“Suscripción de resoluciones de aprobación y modificaciones del Plan Anual de la Política Pública (PAPP) y el Plan Anual de Contratación (PAC)”;
Que, mediante resolución Nro. RA-003-2015 de fecha 19 de enero del 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, acoge la planificación, actividades y presupuesto del Plan Anual de la Política Pública (PAPP) año 2015, y el Plan Anual de Contratación (PAC) año 2015, aprobado y reformado mediante actos administrativos constantes en las resoluciones Nros. STD- CGJ-RA-001-2015 de fecha 05 de enero de 2015, STD- CGJ-RA-002-2015 de fecha 12 de enero de 2015 y STD- CGJ-RA-004-2015 de fecha 14 de enero de 2015;
Que, mediante memorando Nro. STD-DRH-2015-0609- MEM de 30 de julio de 2015, la Directora de Administración de Recursos Humanos, remite a la Directora de Planificación y Gestión Estratégica, el informe técnico financiero Nro. DTH-0012 y anexo con el detalle de la solicitud de la Dirección de Administración de Recursos Humanos que incluye la reforma al Plan Anual de la Política Pública para su correspondiente validación e incorporación en el PAPP 2015; indica que la modificación al PAPP de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, ha sido autorizada por la Coordinación General Administrativa Financiera;
Que, mediante memorando Nro. STD-DRH-2015-0631- MEM de 05 de agosto de 2015, la Ing. Verónica Rosales Ordoñez, Directora de Administración de Recursos Humanos subrogante, remite al Ing. Fausto Constante Vinueza, Director de Planificación y Gestión Estratégica subrogante, el informe técnico financiero Nro. DTH-0013 y anexo con el detalle de la solicitud de la Dirección de Administración de Recursos Humanos que incluye la reforma al Plan Anual de la Política Pública para su correspondiente validación e incorporación en el PAPP 2015; indica que la modificación al PAPP de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, ha sido autorizada por la Coordinación General Administrativa Financiera;
Que, mediante memorando Nro. STD-DRH-2015-0633- MEM de 06 de agosto de 2015, a la Directora de Administración de Recursos Humanos subrogante, remite al Director de Planificación y Gestión Estratégica subrogante, el informe técnico financiero Nro. DTH-0014 y anexo con el detalle de la solicitud de la Dirección de Administración de Recursos Humanos que incluye la reforma al Plan Anual de la Política Pública para su correspondiente validación e incorporación en el PAPP 2015; indica que la modificación al PAPP de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, ha sido autorizada por la Coordinación General Administrativa Financiera;
Que, con memorando Nro. STD-DPE-2015-0541-MEM de 11 de agosto de 2015, la Directora de Planificación y Gestión Estratégica informa al Ing. Paulo César Gutiérrez Sánchez, Coordinador General Administrativo Financiero subrogante, que se ha procedido a validar las diferentes actividades propuestas por la Dirección de Recursos Humanos, y se encuentran incorporadas en el Plan Anual de la Política Pública 2015 Gasto de Inversión y Gasto Corriente de acuerdo al Informe Técnico Financiero Nro. DP-0020 y al PAPP actualizado; y, además le solicita autorizar y disponer a la Dirección Financiera realizar la reforma presupuestaria;
Que con nota inserta en el memorando Nro. STD-DPE- 2015-0541-MEM de 11 de agosto de 2015, el Coordinador General Administrativo Financiero subrogante, dispone a la Dirección Financiera lo siguiente: “Favor verificar la información y de ser procedente realizar la reforma presupuestaria”;
Que, mediante memorando Nro. STD-DF-2015-0926- MEM de fecha 14 de agosto de 2015, la Ing. Mónica Salazar Paredes, Directora Financiera Subrogante, remite al Coordinador General Administrativo Financiero Subrogante, el Informe Sustento para la Resolución de Reforma Presupuestaria, que en su parte pertinente expresa
“No se requiere efectuar una Reprogramación Financiera en el cuatrimestre vigente en razón de que estos recursos ya fueron contemplados”; y “una vez efectuado el análisis técnico pertinente, la Dirección Financiera, recomienda la expedición de la resolución interna, de la reforma INTRA1 (…)”;
Que, el Coordinador General Administrativo Financiero mediante Resolución Presupuestaria Nro. 035 de 14 de agosto de 2015 resuelve:
“Efectuar el siguiente traspaso de crédito que a continuación detallo en el vigente presupuesto de la Institución (…)”
Que, mediante memorando Nro. STD-DF-2015-0928- MEM de 14 de agosto de 2015, la Directora Financiera Subrogante, informa al Coordinador General Administrativo Financiero Subrogante, que se han procedido a validar las reformas presupuestarias CO2 No.83 y 84, solicitadas por la Dirección de Planificación, con la finalidad de cumplir con las diferentes actividades propuestas por las Direcciones de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades e incorporarlas en la Plan Anual de la Política Pública 2015; además remite resolución presupuestaria Nro. 035 de 14 de agosto de 2015 y el informe presupuestario de sustento respectivo;
Que, con nota inserta en el memorando Nro. STD-DF-2015-0928-MEM de 14 de agosto de 2015 el Coordinador General Administrativo Financiero subrogante, dispone a la Coordinación General de Asesoría Jurídica “Favor proceder con la elaboración de resolución de reforma al PAPP”;
En ejercicio de mis atribuciones delegadas;