REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL
CERTIFICADO
En mi calidad de Prosecretario General de la Asamblea Nacional, CERTIFICO que el Consejo de Administración Legislativa, en sesión de 25 de enero de 2011, RESOLVIÓ: EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN LEGISLATIVA
RESUELVE:
Expedir la siguiente reforma al REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA ASAMBLEA NACIONAL.
Artículo Uno.- En el artículo 9, a continuación del literal p) insertar el siguiente literal: “p.1) Designar, de entre el personal de la Secretaría General que cumpla los requisitos establecidos en la ley, por un plazo máximo de 8 días, a una “Prosecretaria o Prosecretario General Temporal”, en caso de ausencia del titular”.
Artículo Dos.- En el artículo 10, a continuación del literal g) insertar el siguiente literal: “g.1) Designar, de entre el personal de la Secretaría General que cumpla los requisitos establecidos en la ley, a una “Prosecretaria o Prosecretario General Temporal”, en caso de ausencia del titular”.
DISPOSICIÓN FINAL
La reforma al reglamento entra en vigencia en la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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