Resolución RTV-945-28-CONATEL-2014 Determínase que las empresas públicas que estén inmersas en procesos de fusión con otra empresa pública, para obtener la titularidad del mismo deben cumplir con el procedimiento y requisitos, establecidos en el Reg

TEL-945-28-CONATEL-2014
Carlos Javier Puga Burgos
CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES CONATEL

Resuelve:

ARTÍCULO UNO.- Avocar conocimiento del contenido del informe de la Dirección General Jurídica de la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, constante en el memorando DGJ-2014-3005-M, remitido al Consejo Nacional de Telecomunicaciones con Oficio Nro. SNT- 2014-2186 de 12 de noviembre 2014.

ARTÍCULO DOS.- Determinar que las empresas públicas que estén inmersas en procesos de fusión con otra empresa pública que sea poseedora de un título habilitante para la prestación de servicios de radiodifusión y/o televisión, para obtener la titularidad del mismo deben cumplir con el procedimiento y requisitos, establecidos en el Reglamento para la Adjudicación de Títulos Habilitantes (Resolución RTV-536-25-CONATEL-2013), para medios de comunicación públicos.

Durante el procedimiento de fusión, una vez notificada la SENATEL con el inicio del trámite, la nueva empresa pública que asuma los derechos y obligaciones del título habilitante, podrá seguir operando.

ARTÍCULO TRES.- Notificar la presente Resolución, a la EMPRESA PÚBLICA PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA “PICHINCHA COMUNICACIONES EP”, a la Superintendencia de Telecomunicaciones y a la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, para los fines pertinentes.

La presente Resolución es de ejecución inmediata, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 10 de Diciembre de 2014