Que mediante comunicación s/n de 21 de octubre del
2015, la ingeniera Jenny Soraya Beltrán Morales solicita la calificación como auditora interna para las instituciones financieras, controladas por la Superintendencia de Bancos;
Que de conformidad a lo establecido en el numeral 24 del artículo 62 del Código Orgánico Monetario y Financiero, la Superintendencia de Bancos, tiene entre sus funciones calificar a los auditores internos;
Que el artículo 258 del Código ibídem, establece los impedimentos para ser Auditores internos;
Que en el título XXI “De las calificaciones otorgadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros”, del libro I “Normas generales para las instituciones del sistema financiero”, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, consta el capítulo II “Normas para la calificación de los auditores internos de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros”;
Que la primera disposición transitoria del Código Orgánico Monetario y Financiero publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de septiembre del 2014, dispone que las resoluciones que constan en la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, mantendrán su vigencia en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el Código Orgánico Monetario y Financiero, hasta que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera resuelva lo que corresponda, según el caso; y,
Que la Dirección de Trámites Legales en memorando DTL-2015-01221 de 27 octubre 2015, establece que la ingeniera Jenny Soraya Beltrán Morales, ha presentado el "Formulario para la Calificación de Auditores Internos de las Entidades Sujetas al Control de la Superintendencia de Bancos" y la documentación correspondiente, que reúnen los requisitos exigidos en las normas mencionadas en los considerandos precedentes; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor Superintendente de Bancos, Encargado, mediante resolución No. SB-2015-151, de 2 de marzo de 2015, y del encargo conferido mediante resolución ADM-2015-13160, de 11 de septiembre del 2015;