No. SBS-2010-844
Gloria Sabando García
SUPERINTENDENTA DE BANCOS Y SEGUROS
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la constitución de la sociedad anónima “Banco D-MIRO S. A.”, cuyo domicilio principal será la ciudad de Guayaquil, provincia de Guayas, en los términos constantes de la escritura pública otorgada el 27 de julio del 2010, ante el doctor Rodolfo Pérez Pimentel, Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, con un capital autorizado de dieciséis millones de dólares de los Estados Unidos de América ($ 16’000.000,00), dividido en acciones ordinarias y nominativas de cien dólares ($100,00) cada una, con un capital suscrito de ocho millones de dólares de los Estados Unidos deAmérica ($8’000.000,00), y con un capital pagado de ocho millones de dólares de los Estados Unidos deAmérica ($ 8’000.000,00).
ARTÍCULO 2.- Disponer que el Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, tome nota al margen de la matriz de la escritura pública de constitución de la sociedad anónima “Banco D-MIRO S. A.”, otorgada el 27 de julio del 2010, ante el doctor Rodolfo Pérez Pimentel, Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, en el sentido de que esta ha sido aprobada mediante la presente resolución y siente las razones correspondientes.
ARTÍCULO 3.- Disponer que se publique por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el texto íntegro de la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Disponer que el Registrador Mercantil del cantón Guayaquil, inscriba la escritura pública de 27 de julio del 2010, otorgada ante el doctor Rodolfo Pérez Pimentel, Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, así como la presente resolución y siente las notas de referencia contempladas enelartículo 51de la Ley de Registro.
ARTÍCULO 5.- Disponer que una vez que se hayan cumplido todas las exigencias ordenadas en esta resolución se publique, conforme a la ley, un extracto de la escritura pública de 27 de julio del 2010, otorgada ante el Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil.
ARTÍCULO 6.- Disponer que una vez que la Sociedad Anónima “Banco D-MIRO S. A.”, haya dado cumplimiento a las disposiciones antes determinadas, presente a este despacho prueba de lo actuado.
ARTÍCULO 7.- Conferir a la sociedad anónima “Banco D-MIRO S. A.” el certificado de autorización que ampare sufuncionamiento, una vez que la entidad de cumplimiento a las diligencias que se ordenan en la presente resolución.
ARTÍCULO 8.- Disponer que la Sociedad Anónima “Banco D-MIRO S. A.”, proceda a publicar su estatuto social debidamente codificado a fin de distribuirlo entre sus accionistas y el público, debiendo remitir tres ejemplares del mismo a esta Superintendencia.
Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.
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