Resolución SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNILO-2020- 0682 Declárese a la Cooperativa de Vivienda Victor Manuel Lopez “En Liquidación” extinguida de pleno derecho

RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNILO-2020-0682

CATALINA PAZOS CHIMBO
INTENDENTE GENERAL TÉCNICO

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar a la COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN LIQUIDACIÓN”, con Registro Único de Contribuyentes No. 1790540235001, extinguida de pleno derecho.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer a la Intendencia Nacional de Fortalecimiento y Mecanismos de Resolución de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, la cancelación del registro de la

COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN LIQUIDACIÓN”.

ARTÍCULO TERCERO.- Notificar al Ministerio encargado de la Inclusión Económica y Social con la presente Resolución para que proceda a retirar a la COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN LIQUIDACIÓN” del registro correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO.- Dejar sin efecto el nombramiento del señor Jonny Amador Macías Vega, como liquidador de la COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN LIQUIDACIÓN”.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar con la presente Resolución al señor Jonny Amador Macías Vega, ex liquidador de la COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN

LIQUIDACIÓN”, para los fines pertinentes.

SEGUNDA.- Disponer a la Intendencia Nacional Administrativa Financiera, en coordinación con la Dirección Nacional de Comunicación e Imagen Institucional de esta Superintendencia, la publicación de un extracto de la presente Resolución en un periódico de amplia circulación en la ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, domicilio de la COOPERATIVA DE VIVIENDA VICTOR MANUEL LOPEZ “EN LIQUIDACIÓN”; y, en el portal web de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

TERCERA.- Disponer a la Secretaría General de esta Superintendencia publicar la presente Resolución en el Registro Oficial.

CUARTA.- Notificar con la presente Resolución al Servicio de Rentas Internas, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y Registro de la Propiedad respectivo, para los fines legales pertinentes.

QUINTA.- Disponer que la Intendencia Nacional de Fortalecimiento y Mecanismos de Resolución ponga en conocimiento de la Dirección Nacional de Procuraduría Judicial y Coactivas e Intendencia Nacional Administrativa Financiera, el contenido de la presente Resolución para que procedan en el ámbito de sus atribuciones y responsabilidades.

SEXTA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación. De su cumplimiento encárguese a la Intendencia Nacional de Fortalecimiento y Mecanismos de Resolución.

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE.-

Martes 17 de Noviembre de 2020