Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que:
“Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en función de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 326 de la Norma Suprema prescribe:
“El derecho al trabajo se sustenta a los principios inherentes a todos los trabajadores”
Que, la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y reconocimiento del trabajo en el Hogar, publicada en el tercer suplemento del Registro Oficial Nro. 483, de 20 de abril de 2015; contiene las reformas a la Ley Orgánica de Servicio Público, concernientes a la décimo tercera y cuarta remuneración que perciben los servidores públicos.
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 6 de 30 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial Nro. 14 de 13 de junio de 2013, el Presidente de la República, Economista Rafael Correa Delgado, crea la Secretaría Técnica de Discapacidades como entidad adscrita a la Vicepresidencia de la República, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera para la coordinación intersectorial de la implementación y ejecución de la política pública en materia de discapacidades;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 547 de fecha 14 de enero del 2015, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 428 de fecha 30 de enero de 2015, el Eco. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, transforma a la Secretaría Técnica de Discapacidades creada mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6 de 30 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial Nro. 14 fecha de 13 de junio de 2013, en Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, como entidad adscrita a la Vicepresidencia de la República, con personalidad jurídica, autonomía administrativa y financiera, para la coordinación intersectorial de la implementación y ejecución de la política pública en materia de discapacidades;
Que, mediante Acuerdo Nro. 002-2015 de fecha 14 de enero de 2015, el Ing. Jorge Glas Espinel, Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador nombra como Secretario Técnico para la Gestión Inclusiva en Discapacidades al Dr. Alex Esteban Camacho Vásconez;
Que, con Resolución No. STD-CGJ-RA-003-2015 de fecha 12 de enero de 2015, la Secretaría Técnica de Discapacidades, resolvió expedir el Reglamento Interno de Administración de Talento Humano para las y los servidores, sujetos al Régimen de la Ley Orgánica de Servicio Público de la institución.
Que, en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaria Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, expedido a través de Resolución No. STD-CGJ-RA-0088-2014, publicado en el Registro Oficial Suplemento 290 de 20 de marzo de 2015, en su literal 3.2.1.3. GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, determina que su misión es
“Administrar el sistema integrado de desarrollo institucional, talento humano, gestión organizacional y remuneraciones, en el marco de políticas, normas legales y técnicas vigentes, a fin de mejorar los niveles de eficiencia y eficacia institucional, cuyo Responsable es el/la Director/a de Administración de Recursos Humanos.”
Que, con Resolución Nro. RA-001-2015 de fecha 15 de enero de 2015, y su reforma realizada mediante Resolución Nro. RA-009-2015 de fecha 10 de febrero de 2015, el Dr. Alex Camacho Vásconez, Secretario Técnico delega al Coordinador General Administrativo Financiero de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, o quien haga sus veces; para que además de las funciones inherentes a su cargo y sobre las bases de las necesidades generales por las direcciones y unidades de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades, realice lo siguiente:
“15) Emitir y suscribir, previo los informes técnicos que lo motiven, las resoluciones, reglamentos, disposiciones, instructivos, instrucciones, consultas o cualquier otro tipo de acto administrativo, expresado en documento legal para el cabal cumplimiento de los fines, atribuciones y objetivos de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades”;
Que, es necesario actualizar los reglamentos internos de la Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades y sus organismos dependientes conforme a las disposiciones legales vigentes y permitir con esto una mejor organización y funcionamiento. En uso de las facultades Delegadas.