Resolución TAMEEP-GG-2015-0359 Deléguense atribuciones al Gerente Legal de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP” ...

No. TAMEEP-GG-2015-0359

LA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”

Resuelve:

Art. 1.- Delegar al GERENTE LEGAL de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”, para que intervenga a nombre y representación de la Gerente General de TAME EP, personalmente y/o con el patrocinio de un profesional del Derecho, bajo su responsabilidad, en todas las causas de interés institucional, sean constitucionales, judiciales, civiles, penales, laborales, tránsito, contencioso administrativas, fiscales, especiales, administrativas especiales, trámites defensoriales ante la Defensoría del Pueblo del Ecuador, procedimientos judiciales en relación a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, diligencias

 

previas de cualquier tipo; en procesos de mediación y/o arbitraje; trámites de desahucio, vistos buenos; en todo tipo de recursos administrativos contenidos en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE), al igual que en los recursos administrativos de carácter especial; quedando facultado el Delegado, en forma expresa, para que resuelva todos los recursos administrativos y administrativos especiales señalados.

Art. 2.- El Gerente Legal responderá directamente ante la Gerencia General por los actos realizados en el ejercicio de la presente delegación, quedando investido de las facultades constantes del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil y numeral 11 del artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, incluyendo de manera especial las de comparecer a audiencias, transigir, suscribir Acta de Mediación total o Parcial o de Imposibilidad de Acuerdo, según corresponda, y comparecer a todas las instancias de los procesos judiciales, constitucionales, de mediación y arbitraje.

Art. 3.- El Gerente Legal está facultado para otorgar Procuración Judicial para toda clase de juicios, singularmente en los laborales de procedimiento oral, planteados por ex servidores de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”, confiriendo a su mandatario Cláusula Especial para transigir, como lo dispone la ley para el procedimiento laboral oral. El Procurador Judicial, a su vez, quedará investido de las facultades constantes del Art. 44 del Código de Procedimiento Civil y numeral 11 del artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial. Igualmente queda expresamente facultado el Delegado para conferir Procuración Judicial en los procesos penales y penales de tránsito de interés institucional, o cuando así se lo requiera.

Para el ejercicio de las facultades delegadas al Gerente Legal, el o los Procuradores Judiciales que designe, observarán estrictamente las disposiciones legales vigentes.

Art. 4.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a lo previsto en la presente Resolución.

Art. 5.- De la publicación de la presente resolución encárguese el señor Jefe del Departamento de Patrocinio de TAME EP.

La presente Resolución entrará en vigencia partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 11 de Noviembre de 2015