Resolución TEL-002-001-CONATEL-2011 Refórmese la Norma para el Registro de Provisión de Capacidad Satelital

No. TEL-002-001-CONATEL-2011
CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, CONATEL

Resuelve:

ARTÍCULO UNO.- Introducir las siguientes reformas en la “NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISIÓN DE CAPACIDAD SATELITAL”.

1.1. Incluir como letra h) del artículo 5, el siguiente requisito:

Copia auténtica del Certificado de Registro Andino por cada satélite y su Recurso Órbita Espectro (ROE) a explotar, concedido al Operador Satelital por la Secretaría General de la Comunidad Andina.”.

1.2. Incluir como disposición transitoria tercera, la siguiente:

Los titulares del Registro de Provisión de Capacidad Satelital, deberán entregar en la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, copia certificada del Certificado de Registro Andino por cada Satélite y su ROE a explotar, concedido por la Secretaría General de la Comunidad Andina en un plazo de 60 días. En el evento de no hacerlo, su registro quedará cancelado automáticamente y por tanto, sin efecto.”.

1.3. Incluir en el glosario los siguientes términos:

CAN: Comunidad Andina de Naciones

COMERCIALIZADOR DE PROVISIÓN DE CAPACIDAD SATELITAL: Persona natural o jurídica que comercializa y distribuye capacidad satelital dentro del país.

COMERCIALIZAR PROVISIÓN DE CAPACIDAD SATELITAL: Es la activad que permite distribuir capacidad satelital.

CONATEL: Consejo Nacional de Telecomunicaciones.

RED SATELITAL: Sistema satelital o parte de un sistema satelital que consta de un solo satélite y las estaciones terrenas asociadas.

ROE: Recurso Órbita Espectro.

SEGMENTO ESPACIAL: Designa los elementos del satélite geoestacionario o no geoestacionario que permiten la recepción y transmisión de las señales.

SENATEL: Secretaría Nacional de Telecomunicaciones.

SISTEMA SATELITAL: Sistema espacial que comprende uno o varios satélites artificiales de la tierra geoestacionarios o no geoestacionarios.

UIT: Unión Internacional de Telecomunicaciones.

ARTÍCULO DOS.- La presente resolución es de ejecución inmediata y entrará en vigencia sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Viernes 14 de Enero de 2011