Resolución ZTU-SZORDRI14-00000022 Deléganse atribuciones al Jefe Zonal de Auditoría Tributaria, de la Dirección Zonal 3

No. ZTU-SZORDRI14-00000022

EL DIRECTOR ZONAL 3

DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 

Resuelve:

Artículo 1.- Delegar al Jefe Zonal de Auditoría Tributaria del Servicio de Rentas Internas, de la Dirección Zonal 3, la facultad de expedir y suscribir los siguientes actos:

1. Providencias u oficios de requerimientos de información relacionados al Departamento de Auditoria tanto para sujetos de determinación como para terceros, dentro de los respectivos procesos, sin perjuicio de las facultades que tiene el auditor designado en cada orden de determinación;

2. Oficios aceptando o negando peticiones de prórrogas de plazos para cumplir con los requerimientos y diligencias señalados en esta resolución;

3. Oficios informativos a los contribuyentes, dentro y/o fuera de procesos de determinación, por cambio de auditor/es designado/s, o por cambio de forma de determinación tributaria;

4. Providencias por requerimientos de información; convocatoria para lectura de Actas borrador de Determinaciones Tributarias; actas de inspección, actas de entrega – recepción dentro y/o fuera de procesos de verificación, de los registros contables y de documentos de carácter tributario, y más instrumentos públicos y privados necesarios para la calificación de los actos y hechos de los contribuyentes, para la determinación de tributos a cargo de los sujetos pasivos o de terceros, sin que para ello sea necesario haber iniciado procesos de control y de determinación; y, sin perjuicio de las facultades que tiene el auditor designado en cada orden de determinación, la servidora podrá requerir toda la información y documentación, impresa o en medio magnético o digital, necesaria para la determinación y control tributario;

5. Actas de entrega-recepción de documentos que se emitan dentro de las funciones del Departamento de Auditoría, sin perjuicio de las facultades que tiene el auditor nombrado en cada orden de determinación;

6. Providencias y oficios para que los sujetos pasivos y/o terceros concurran a las oficinas de la Administración Tributaria, cuando su presencia sea requerida;

7. Providencias y oficios disponiendo fecha para la realización de inspecciones contables u otras necesarias para la calificación del hecho generador del tributo;

8. Providencias y oficios para que los sujetos pasivos realicen exhibiciones contables, esto es exhiban las declaraciones, informes, libros y documentos relacionados con los hechos generadores de obligaciones tributarias, sin perjuicio de las facultades que tiene el auditor nombrado en cada orden de determinación; y,

9. Otros actos de simple administración necesarios para el cumplimiento de sus funciones, tales como oficios persuasivos para el reintegro de los valores devueltos indebidamente por la Administración Tributaria y otros que se expidan con ocasión de control posterior de los actos administrativos, así como cualquier otro previsto para el Departamento de Gestión Tributaria.

10. Oficios mediante los cuales se indican los documentos entregados por los contribuyentes en atención a documentación solicitada en requerimientos de información y diligencias de inspección contable y exhibiciones documentales, así como también oficios que certifiquen la entrega de documentos que justifiquen las diferencias expuestas en las actas borrador; siempre y cuando no haya sido posible la firma del acta entrega - recepción de documentos.

11. Requerimientos de información solicitados por otras regionales y que deban ser realizados a contribuyentes con jurisdicción en la Zona 3.

12. Oficios de Preventivas de clausura y oficios de inicio de sumario emitidos por el Departamento de Auditoría Tributaria.

13. Oficios de entrega de actas borrador de determinación tributaria.

Artículo 2.- En caso de ausencia por vacaciones, licencias, permisos, comisiones de servicios a otra ciudad, o encargo de otras funciones al servidor señalado en el artículo anterior, se delega estas atribuciones a quien subrogue las funciones de Jefe Zonal de Auditoría Tributaria del Servicio de Rentas Internas, de la Dirección Zonal 3, y en ausencia de subrogación al servidor que ejerza las funciones de Coordinador Zonal de Auditoría Tributaria.

Artículo 3.- Lo dispuesto en esta resolución no implica pérdida de facultad alguna por parte de la Directora Zonal 3 del Servicio de Rentas Internas.

Artículo 4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y por la misma se Derogar la resolución RC1-SRERDRI13-00179 publicada en el Registro Oficial No 125, 18-XI-2013.

Jueves 4 de Diciembre de 2014