Sentencia 065-10-SEP-CC Declárase con lugar la acción extraordinaria de protección deducida por José Marín y déjase sin efecto la sentencia pronunciada el día 10 de noviembre del 2009

Quito, D. M., 25 de noviembre del 2010
SENTENCIA N.º 065-10-SEP-CC CASO N.º 0949-09-EP
LA CORTE CONSTITUCIONAL para el período de transición: Juez Constitucional Ponente: Dr. MSc. Alfonso Luz Yunes

SENTENCIA

  1. Declarar con lugar la acción extraordinaria de protección deducida por el accionante y, en consecuencia, se deja sin efecto la sentencia pronunciada a las 15h10 del día 10 de noviembre del 2009, por la mayoría de la Segunda Sala de lo Laboral y Social de la Corte Nacional de Justicia, dentro del trámite de casación N.º 693-2009, en la causa laboral que el recurrente sigue en contra del Municipio de Machala y de la Compañía de Economía Mixta de Agua Potable, Alcantarillado y Aseo de Machala, TRIPLEORO CEM, por haber vulnerado los derechos constitucionales consagrados en el artículo 75, en el numeral 1 del artículo 76, en el artículo 82 y en los numerales 2, 3 y 13 del artículo 326 de la Constitución de la República.
  2. Disponer que otra Sala de lo Laboral y Social de la Corte Nacional de Justicia conozca y resuelva los recursos de casación interpuestos por las partes actora y demandada de la sentencia dictada a las 08h46 del día 11 de febrero del 2009, por la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de El Oro. 
  3. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Martes 11 de Enero de 2011