Que, la Constitución de la República del Ecuador manda:
“Art. 154.- A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión. (…).”;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada permite que, cuando la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones y oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva dispone:
“Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales.”;
Que, el inciso primero del artículo 55 del mencionado Estatuto prescribe que, las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto;
Que, a través de Decreto Ejecutivo No. 1272 de 22 de agosto de 2012, publicado en el Registro Oficial No. 788 de 13 de septiembre de 2012, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador designó a la magíster Carina Isabel Vance Mafla, como Ministra de Salud Pública, nombramiento ratificado con Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de 2013 publicado en el Registro Oficial No. 5 de 31 de mayo de 2013;
Que, con oficio Nro. MSP-SDM-10-2015-2017-O de 20 de agosto de 2015, la infrascrita Ministra de Salud Pública solicitó al Secretario Nacional de la Administración Pública, se le conceda permiso con cargo a vacaciones desde el día 15 de septiembre de 2015, hasta el 21 de septiembre de 2015;
Que, mediante Acuerdo No. 1311, el Secretario Nacional de la Administración Pública otorgó a la magister Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, licencia con cargo a vacaciones desde el día 15 de septiembre de 2015 hasta el 21 de septiembre de 2015; y,
Que, los procesos que se realizan en esta Cartera de Estado deben seguir ejecutándose durante los días que estará ausente su Máxima Autoridad, por lo que se hace necesario subrogar las funciones del Despacho Ministerial; y,
Que, con memorando No. MSP-SDM-10-2015-0768-M de 25 de agosto de 2015, la Coordinadora del Despacho Ministerial solicitó a la Coordinadora General de Asesoría Jurídica disponga a quien corresponda la elaboración del presente Acuerdo, informando que la persona que subrogará las funciones del Despacho Ministerial en ausencia de la Ministra de Salud Pública será la doctora Marysol Ruilova Maldonado, Viceministra de Atención Integral en Salud.
En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los artículos 151 y 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y por el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.