Acuerdo 325-A Modifícanse los plazos previstos en las directrices que constan en el Anexo Nº 1 del Acuerdo Nº 313 de 3 de diciembre del 2010

No. 325-A
EL MINISTRO DE FINANZAS 

Acuerda:

Art. 1.- Modificar los plazos previstos en las directrices que constan en el Anexo No. 1 del Acuerdo No. 313 de 3 de diciembre del 2010, de los siguientes procesos:

CURs de gasto para remuneraciones (SUE), hasta las 24h00 del jueves 23 de diciembre.
CURs de Regularizaciones (REG) para rendición de Fondos, hasta las 24h00 del viernes 24 de diciembre.
Autorizaciones de pago institucionales, hasta las 24h00 del jueves 23 de diciembre.

Art. 2.- Sustituir el contenido del numeral 6 del Anexo No.1referentealasdirectricespresupuestarias,del Acuerdo Ministerial No. 313 de 3 de diciembre del 2010, por el siguiente:

Sobre la base del Presupuesto General del Estado para el año 2011 aprobado por la Asamblea Nacional y habilitado en la herramienta eSIGEF, a nivel institucional, el Ministerio de Finanzas generará y aprobará la Programación Indicativa Anual PIA.
En función de la PIA aprobada, la Programación Financiera Cuatrimestral de Compromiso PCC y Mensual de Devengado PMD, para el primer cuatrimestre, será generadayaprobadaporelMinisteriodeFinanzas, requisitoprevioparaquelasinstitucionesinicienel proceso de ejecución presupuestaria.

Art. 3.- Las entidades que conforman el Presupuesto General del Estado, que utilizan el sistema informático e- SIGEF, para el Cierre Contable del ejercicio fiscal 2010 y la apertura del ejercicio 2011, deberán observar lo dispuesto en el Art. 2 del Acuerdo Ministerial No. 313 de 3 de diciembre del 2010, obligatoriamente hasta el 29 de diciembre del año en curso, fecha en la que se cerrará el sistema informático e-SIGEF, para que el Ministerio de Finanzas realice las operaciones para completar dicho proceso.

Art. 4.- Suprimir en el tercer inciso del numeral 1.2.2.3 de lasdirectricescontables,expedidasmedianteAcuerdo No. 313 de 3 de diciembre del 2010, las palabras “o se recuperen mediante depósitos”.

Art. 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de lapresente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Lunes 13 de Diciembre de 2010