CONSIDERANDO:
Que, durante su permanencia en el Ecuador, la señora Edit. Bucsi-Szabó, Embajadora de Hungría,tuvo una activa y destacada participación en el logro de los propósitos comunes de profundizar y ampliar las relaciones que unen fraternalmente a nuestros pueblos y Gobiernos;
Que, la Embajadora Edit Bucsi-Szabó, ha dado claras muestras de su capacidad profesional, fomentando los estrechos lazos de amistad que unen a los pueblos de Ecuador y Hungría;
Que, la Embajadora Bucsi-Szabó ha sido relevante, puesto que promovió, entre otras cosas, importantes programas educativos y de cooperación, promoviendo el permanente diálogo y colaboración en beneficio de ambos países.
Que, es deber del Estado ecuatoriano reconocer los méritos de los diplomáticos acreditados ante el Gobierno Nacional que han contribuido al afianzamiento de las relaciones de amistad entre el Ecuador y sus respectivos países; y,
en virtud de las disposiciones que le confiere el artículo 6 del Decreto Ejecutivo número 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficial 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional “Al Mérito” creada por Ley de 8 de octubre de 1921,