Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, determina: “E/ Consejo de Oficiales Generales o Almirantes de Fuerza, es el órgano encargado de conocer y resolver sobre la situación militar y profesional de los oficiales Generales de Brigada y Coroneles o sus equivalentes. Sus atribuciones son las siguientes: [...] d) Seleccionar y calificar a los oficiales para el desempeño de las funciones de agregados militares, adjuntos y representantes ante organismos internacionales, de conformidad con el reglamento [...]”;
Que, el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, establece: “Los agregados militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los comandantes generales de Fuerza respectivos, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [...]”;
Que, con Acuerdo Ministerial N.º 054 de 09 de febrero de 2021, publicado en la Orden General Ministerial N.º 20 de la misma fecha, se expide el Reglamento de Creación, Extinción, Suspensión y Funcionamiento de las Representaciones Militares ante Misiones Diplomáticas del Ecuador en el Exterior, y en el artículo 6, señala: “La duración en el desempeño de cargos será de hasta dos años tiempo que será establecido por el Ministro de Defensa Nacional, en base a los informes emitidos por cada Fuerza, de acuerdo a las necesidades de cada una de las Fuerzas, los mismos que serán cumplidos por una sola vez en toda la carrera militar”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo N.º 946 de 10 de diciembre de 2019, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, nombra al señor CPNV-EMC. JIMMY FIDEL MOLINA GUERRERO, para que desempeñe el cargo de Agregado Naval en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago, por un año seis meses, a partir del 08 de febrero de 2020 hasta el 08 de agosto de 2021;
Que, el Consejo de Oficiales Almirantes mediante Resolución CONALM N.º CRC-011-2020 de 30 de enero de 2020, de conformidad con el artículo 38, letra d), de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y el artículo 45 del Reglamento de los Consejos de Oficiales Generales o Almirantes de las Fuerzas Armadas y sus anexos, realizó el Proceso de Selección para el desempeño de Agregados de Defensa, Militares, Navales, Aéreos, Adjuntos a las Agregadurías Militares y Representantes ante Organismos Internacionales; en la que se resolvió seleccionar y calificar para que cumpla la función de Agregado Naval al señor CPNV-EMC ÁNGEL PATRICIO RIVAS BRAVO, perteneciente a la promoción 045 ARMA;
Que, mediante oficio N.º ARE-COGMAR-CDO-2021-0006-O de 08 de enero de 2021, el señor Comandante General de la Fuerza Naval, comunica al señor CPNV-EMC. ÁNGEL PATRICIO RIVAS BRAVO, la designación para que desempeñe el cargo de Agregado Naval en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago, por un año seis meses, a partir del 08 de agosto de 2021 hasta el 08 de febrero de 2023;
Que, con oficio N.º ARE-COGMAR-CDO-COGMAR-ASI-2021-0441 de 02 de marzo de 2021, el señor Comandante General de la Fuerza Naval, remite al señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la documentación habilitante del señor CPNV-EMC. ÁNGEL PATRICIO RIVAS BRAVO, para que desempeñe el cargo de Agregado Naval en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago, por un año seis meses, a partir del 08 de agosto de 2021 hasta el 08 de febrero de 2023; y,
Que, mediante oficio N.º CCFFAA-JCC-G-1-C. E-2021-2334 de 02 de marzo de 2021, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para la designación del señor CPNV-EMC. ÁNGEL PATRICIO RIVAS BRAVO, para que desempeñe el cargo de Agregado Naval en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago, por un año seis meses, a partir del 08 de agosto de 2021 hasta el 08 de febrero de 2023.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el número 5 del artículo 147 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,