Que, mediante Decreto Ejecutivo 117-A, publicado en el Registro Oficial 033 de 5 de marzo de 2007, se creó el Ministerio de Coordinación de la Política Económica – MCPE – como organismo encargado de concertar las políticas y las acciones en el área económica;
Que, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente de la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo 1503 de 30 de abril de 2013, designa al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica;
Que, la disposición contenida en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República faculta a las ministras y ministros de Estado a expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, establece que los máximos personeros de las Instituciones del Estado, dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones; para la máxima autoridad tanto en la Ley como en su Reglamento General;
Que, el tercer inciso del artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva -ERJAFE- señala que las delegaciones ministeriales serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial;
Que, el primer inciso del artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva –ERJAFE- dispone que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto;
Que, en el Tercer Suplemento del Registro Oficial 998 de 22 de enero de 2015, se publicó el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que Dependen de la Función Ejecutiva (APCID);
Que, conforme lo requerido por la Secretaria Nacional de la Administración Pública, es necesario delegar la autorización de viajes al exterior a una sola persona a efectos de otorgarle los privilegios correspondientes en el Sistema de Viajes al Exterior; y,
Sobre la base de los considerandos expuestos y en uso de las atribuciones que concede la ley,