No. 076-2015-M
Patricio Rivera Yáne
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
NORMA PARA ESTABLECER LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES
ARTÍCULO 1.- Las Reservas Internacionales están compuestas por:
1. La posición neta en divisas, que comprende:
1.1 Caja en divisas que son disponibilidades inmediatas en efectivo en la caja del Banco Central del Ecuador y las remesas en tránsito en el país;
1.2 Depósitos netos en bancos e instituciones financieras del exterior que corresponde a los depósitos netos a la vista a un plazo convenido con reconocimiento de interés. Incluye depósitos de una noche, de fin de semana, cuentas call y cuentas corrientes y otras similares de liquidez inmediata o de corto plazo, se incluye además, el valor de las remesas en tránsito al y del exterior; y,
1.3 Inversiones realizadas en instituciones financieras internacionales, organismos multilaterales y supranacionales, en depósitos a plazo fijo y títulos de renta fija, y que sean disponibles de forma inmediata en el mercado secundario.
2. Los Derechos Especiales de Giro.
3. El oro monetario y no monetario.
4. La Posición Líquida de Reserva con organismos monetarios internacionales.
5. La posición en sistemas de compensación como la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI- y el Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos -SUCRE-.
ARTÍCULO 2.- Los componentes de las Reservas Internacionales se valuarán a valor de mercado con excepción del oro no monetario que se valuará a precio de adquisición.
ARTÍCULO 3.- El cálculo de las Reservas Internacionales está determinado por las siguientes cuentas del Plan de Cuentas del Banco Central del Ecuador:
1) Caja en divisas (Cuenta 111):
Comprende las disponibilidades inmediatas en efectivo en la caja del Banco Central del Ecuador y las remesas en tránsito en el país.
Se considera como Activo de Reserva Internacional por ser unidades monetarias emitidas por no residentes.
2) Depósitos en bancos e instituciones financieras del exterior:
Corresponde a los depósitos netos a la vista o a un plazo convenido con reconocimiento de intereses. Incluye depósitos de una noche, de fin de semana, cuenta call y cuentas corrientes y otras similares de liquidez inmediata o de corto plazo.
Al valor de esos depósitos se deduce los fondos que corresponden al colateral de intereses de bonos, depositados en el Federal Reserve Bank of New York, y a las cartas de crédito con vencimientos mayores a 180 días.
Incluye el valor de remesas en tránsito al y del exterior, de efectivo, cheques y valores en moneda extranjera girados o emitidos contra instituciones financieras del exterior.
De la reserva internacional se deduce el valor correspondiente a los pasivos internacionales de reserva de corto plazo, conformados en su mayoría por obligaciones originales en operaciones swap de oro monetario y no monetario.
Cuenta | Descripcion | Valor | |
112 | Bancos E Instituciones Financieras En El Exterior | (+) | x,xxx.xx |
112110 | Fondos No Disponibles En Bancos En El Exterior | (-) | xxx.xx |
112210 | Fondos No Disponibles En Instituciones Financieras En El Exterior | (+) | xxx.xx |
113 | Remesas Cheques Y Valores En Divisas | (+) | x,xxx.xx |
211 | Obligaciones Con Bancos E Instituciones Financieras En El Exterior | (-) | xxx.xx |
2681 | Varios Acreedores (SWAPs) | (+) | xxx.xx |
Valor Neto Depositos en bancos e instituciones financieras del exterior x.xxx.xx |
3) Inversiones en el exterior (Cuentas 114):Valor Neto Depósitos en bancos e instituciones financieras del exterior X,XXX.XX
Registra las inversiones efectuadas en instituciones financieras internacionales, organismos multilaterales y supranacionales en depósitos a plazo fijo, títulos e instrumentos de renta fija. Estas inversiones se realizan en función de los criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad.
Estas inversiones son consideradas de alta liquidez, pues se trata en su mayor parte de títulos soberanos de disponibilidad inmediata en el mercado secundario, realizadas bajo parámetros y condiciones de bajo riesgo.
4) Oro monetario (Cuentas 115):
Registra las tenencias en oro monetario que mantiene el Banco Central del Ecuador en el exterior, a precio de mercado, ya sea para su custodia o a modo de depósito a plazo sobre los cuales se recibe un interés. El oro monetario comprende barras, lingotes y monedas de gran pureza, valorados a precios del mercado internacional.
5) Oro no monetario (Subcuentas 1381):
Corresponde a las compras de oro que el Banco Central del Ecuador realiza en forma directa, o por intermedio de agentes económicos. El cálculo del valor del oro no monetario se realiza a precios de adquisición.
6) Derechos Especiales de Giro DEGs (Subcuentas 1161):
Registra las tenencias de DEGs en poder del Banco Central del Ecuador, emitidos por el Fondo Monetario Internacional y asignados al Ecuador como país miembro.
Los DEGs representan el derecho garantizado e incondicional de obtener divisas u otros activos de reserva. Su valor diario es determinado sobre la base de una canasta de monedas.
7) Posición de Reserva Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (SUCRE):
Corresponde a las posiciones netas en sucres emitidos por el Consejo Monetario Regional del SUCRE, con base a lo establecido en el Tratado Constitutivo del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos SUCRE, a través del cual se canalizan operaciones de comercio exterior entre los países miembros.
Cuenta | Descripcion | Valor | |
1163 | S.U.C.R.E | (+) | x,xxx.xx |
2623 | S.U.C.R.E | (-) | xxx.xx |
Posición | Neta SUCRE | X,XXX.XX |
8) Posición de reserva en el Fondo Monetario Internacional:
Corresponde a los aportes en oro, moneda extranjera, unidades de cuenta y moneda de curso legal, que en representación del Estado realiza el Banco Central del Ecuador en el Fondo Monetario Internacional, menos las obligaciones que mantiene con dicho organismo.
Cuenta | Descripcion | Valor | |
1171 | Aporte en Fondo Monetario Internacional | (+) | x,xxx,xx |
2171 | Obligaciones con Fondo monetario internacional | (-) | xxx,xx |
Posicion Neta FMI | x,xxx,xx |
9) Posición en ALADI:
Registra la posición neta de los convenios de crédito recíproco, que corresponde al valor de las operaciones comerciales y de transferencia de fondos realizadas a través de este mecanismo, cuyos pagos se efectúan a favor de beneficiarios ecuatorianos mediante documentos emitidos por instituciones autorizadas, registradas en los bancos centrales de los países miembros de la ALADI. El saldo acreedor implica que el país ha realizado bajo estos mecanismos mayores importaciones que exportaciones de países miembros de ALADI.
Cuenta | Descripcion | Valor | |
1182 | Creditos Reciprocos Cuenta "A" | (+) | x,xxx.xx |
2182 | Creditos Reciprocos Cuenta "B" | (-) | xxx.xx |
DISPOSICIÓN GENERAL.- Encárguese al Banco Central del Ecuador instrumentar la presente resolución.Posición Neta ALADI X,XXX.XX
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Derógase la regulación No. DBCE-075-RI de 19 de febrero de 2014, emitida por el Directorio del Banco Central del Ecuador que contiene la actualización de la metodología para el cálculo de la Reserva Internacional de Libre Disponibilidad.
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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