Resolución 102-2015-F Refórmese la Resolución No. 072- 2015-F

No. 102-2015-F

LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA

Resuelve:

ARTÍCULO ÚNICO: Sustitúyase la Disposición General de la resolución No. 072-2015-F, por la siguiente:

“DISPOSICIÓN GENERAL.- Por la aplicación de la presente resolución se derogan las disposiciones contenidas en la resolución No. JB-2012-2122 y sus reformas. Las reservas existentes provenientes del cobro de primas por seguro de desgravamen en los préstamos hipotecarios concedidos por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), así como las reservas existentes provenientes del cobro de primas por seguro de desgravamen en los préstamos quirografarios de dichas instituciones, se destinarán al Seguro General de Salud Individual y Familiar; y, a efectos de determinar el importe de tales reservas, la administración del BIESS deberá presentar a la Junta de Política y regulación Monetaria y Financiera un informe que determine el monto de los saldos por primas no devengadas del seguro de desgravamen cobradas a los afiliados, así como sobre las reservas existentes, en el plazo máximo de 60 días contados a partir de la vigencia de la presente resolución. El destino de los excedentes futuros que puedan generarse por concepto de seguro de desgravamen, serán determinados por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera previo informe anual que deberá presentar la administración del BIESS en el que determine el monto de los saldos por primas no devengadas del seguro de desgravamen cobradas a los afiliados, así como sobre las reservas existentes”.

DISPOSICIÓN FINAL.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 14 de Julio de 2015