No. 111-2015-G
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
Resuelve:
Aprobar y expedir la siguiente reforma puntual al “ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR”.
Artículo 1.- Agréguese, en el artículo 2 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, a continuación de la frase “3.4.6 Gestión / Atención al cliente”, el texto siguiente: “4. Subgerencia de Políticas Legales y Activos Responsable: Subgerente de Políticas Legales y Activos
4.1 Gestión Jurídica de Políticas Legales Responsable: Coordinador Jurídico de Políticas Legales
4.2 Gestión de Activos Responsable: Coordinador de Activos”
Artículo 2.- Modifíquese la numeración de los acápites del artículo 2 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, sumando una unidad a cada uno a partir del numeral III.
Artículo 3.- Reemplácese, en el Artículo 5 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, los gráficos de los numerales I. Cadena de Valor, II. Mapa de Procesos y III. Estructura Orgánica, por los contenidos en el Anexo a la presente Resolución.
Artículo 4.- Agréguese, al final del artículo 7 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, lo siguiente:
“4. SUBGERENCIA DE POLÍTICAS LEGALES Y ACTIVOS
Misión Coordinar la gestión de los procesos y activos previstos en el Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015, canalizando el direccionamiento estratégico hacia las unidades a su cargo, responsabilizándose del adecuado, oportuno y eficiente cumplimiento de los objetivos de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos, contemplando los lineamientos técnicos, legales y operativos.
RESPONSABLE: Subgerente de Políticas Legales y Activos
a. Atribuciones y Responsabilidades
a) Liderar el trabajo técnico interno de las unidades administrativas a su cargo;
b) Articular la gestión técnica entre las unidades administrativas a su cargo y las disposiciones de la máxima autoridad;
c) Coordinar la gestión institucional en las unidades a su cargo;
d) Preparar informes trimestrales de la gestión realizada por todas las áreas a su cargo:
e) Realizar el seguimiento objetivo respecto de las atribuciones y responsabilidades de las unidades administrativas a su cargo; y,
f) Las demás designadas por el Gerente General del Banco Central del Ecuador.
GESTIÓN ESTRATÉGICA JURÍDICA DE POLÍ- TICAS LEGALES
COORDINACIÓN JURÍDICA DE POLÍTICAS LEGALES
Misión
Liderar, previa coordinación con la Coordinación General Jurídica de la entidad, las actividades derivadas del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015, en lo que respecta a las acciones necesarias para proporcionar seguridad jurídica a través del correcto patrocinio de causas, la correcta práctica y resolución de incautaciones, la elaboración de contratos y escrituras, y el adecuado ejercicio de la jurisdicción coactiva, en las causas legales y procesos en que el Banco Central del Ecuador actúe como sujeto activo o pasivo, como consecuencia de dicho Decreto.
Responsable: Coordinador Jurídico de Políticas Legales. Atribuciones y Responsabilidades
a) Dirigir, previa coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, el patrocinio de las causas legales en las que el Banco Central del Ecuador actúe como sujeto activo o pasivo, como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
b) Coordinar la realización o resolución de incautaciones;
c) Coordinar con la Dirección de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual de la entidad la elaboración de contratos y escrituras para la correcta administración y transferencia de activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Coordinar con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad la ejecución de la acción coactiva que se derive del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015, de acuerdo a la normativa legal vigente; y,
e) Las demás designadas por el Subgerente de Políticas Legales y Activos.
GESTIÓN DE PATROCINIO LEGAL Misión
Ejercer, previa coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, la defensa y patrocinio en todos los procesos judiciales y extrajudiciales en los que el Banco Central del Ecuador sea parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015.
Responsable: Director de Patrocinio Legal Atribuciones y Responsabilidades
a) Estudiar e informar sobre indicios de procesos judiciales en los que puede incurrir la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
b) Patrocinar a la entidad, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, en todos los procesos judiciales de los que sea parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015, ya sea como sujeto activo o pasivo;
c) Dar curso y seguimiento a los procesos judiciales en los que intervenga la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Analizar e informar acerca de procesos inherentes a la regularización de activos administrados por la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
e) Llevar a cabo procesos de incautación;
f) Analizar y gestionar las negociaciones, mediaciones y arbitrajes que sean necesarios en los procesos judiciales, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad;
g) Dirigir y supervisar el desenvolvimiento de los procesos a su cargo, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad;
h) Informar, cuando sea requerido por las autoridades, sobre las actividades cumplidas;
i) Gestionar, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, las demandas que tuvieren lugar respecto del personal que labora en la Subgerencia de Políticas Legales y Activos;
j) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el ámbito de su competencia, que le asignen las autoridades y las establecidas en la normativa vigente; y,
k) Las demás que le sean asignadas por la Coordinación Jurídica de Políticas Legales. Productos y Servicios:
1) Escritos para la defensa institucional en materia judicial, constitucional y de defensoría en los procesos de su competencia;
2) Impulso y comparecencia a audiencias en los procesos en los que el Banco Central del Ecuador sea parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
3) Intervención en los procesos de mediación, negociación y arbitraje que tuvieren lugar;
4) Procesos administrativos de incautaciones;
5) Estrategias de patrocinio;
6) Estrategias de defensa judicial coordinadas con la
Procuraduría General del Estado; y,
7) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad.
GESTIÓN DE CONTRATOS Y ESCRITURACIÓN Misión
Ejecutar, en coordinación con la Dirección de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual de la entidad, las acciones necesarias para la elaboración de documentos jurídicos que la gestión de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos requiera para la regularización y transferencia de activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015.
Responsable: Director de Contratos y Escrituración Atribuciones y Responsabilidades
a) Dirigir, en coordinación con la Dirección de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual de la entidad, los procesos de escrituración de acuerdo a los requerimientos institucionales;
b) Realizar, en coordinación con la Dirección de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual de la entidad, las acciones legales pertinentes para dar atención a los trámites de regularización y transferencia de activos que requieran las unidades administrativas;
c) Análisis y dirección, en coordinación con la Dirección de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual de la entidad, de procesos derivados del incumplimiento contractual, previo a la gestión judicial;
d) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el ámbito de su competencia, que le asignen las autoridades y las establecidas en la normativa vigente; y,
e) Las demás que le sean asignadas por la Coordinación Jurídica de Políticas Legales. Productos
1) Contratos que la entidad debe celebrar internamente con servidores, profesionales, funcionarios, entre otros, como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
2) Minutas para llevar a cabo la transferencia o regularización de activos, como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
3) Convenios que deba suscribir el Banco Central del Ecuador como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
4) Mediación en los procesos contractuales que sea necesario;
5) Análisis previo para iniciar acciones legales relacionadas al incumplimiento de un contrato, en coordinación con las Direcciones de Derecho Administrativo, Laboral y Contractual y de Patrocinio Institucional de la entidad; e,
6) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad.
GESTIÓN DE COACTIVAS Misión
Dirigir y ejecutar, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, los procesos relacionados con la acción coactiva derivada del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015.
Responsable: Director de Coactivas Atribuciones y Responsabilidades
a) Revisar y analizar, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, los juicios coactivos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015 existentes dentro de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos;
b) Ejecutar los procesos coactivos, en coordinación con la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad;
c) Elaborar providencias relacionadas a la acción coactiva, de acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, así como órdenes de cobro, generales o esenciales;
d) Elaborar autos de pago por obligaciones vencidas;
e) Dictar providencias para el establecimiento de medidas cautelares, así como para su levantamiento, cuando sea el caso;
f) Llevar a cabo el seguimiento de los procesos coactivos hasta la recuperación efectiva de la cartera;
g) Asesorar y absolver, en coordinación con el la Dirección de Patrocinio Institucional de la entidad, consultas internas y externas relacionadas con el procedimiento legal de coactiva;
h) Supervisar la gestión de los depositarios;
i) Informar periódicamente sobre el estado y avance de los trámites a su cargo a las autoridades competentes;
j) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el ámbito de su competencia, que le asignen las autoridades y las establecidas en la normativa vigente; y,
k) Las demás que le sean asignadas por la Coordinación Jurídica de Políticas Legales. Productos
1) Expedientes de juicios coactivos que se tramiten como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
2) Autos de pago;
3) Providencias;
4) Notificaciones;
5) Informes de control a depositarios;
6) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad; y,
7) Plan operativo y estratégico del área, de acuerdo a sus atribuciones.
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE ACTIVOS Misión
Liderar y coordinar las acciones necesarias para la administración, control, gestión, potenciación o repotenciación directa de los activos que se encuentran en posesión de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015; así como procurar la venta de aquellos activos que han sido declarados de real propiedad del Estado ecuatoriano, en coordinación con la Coordinación General Administrativa y Financiera.
Responsable: Coordinador de Activos Atribuciones y Responsabilidades
a) Coordinar la evaluación, análisis y emisión de informes sobre el estado de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
b) Coordinar la emisión de políticas e instructivos para la administración, control, gestión, potenciación y repotenciación directa de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
c) Coordinar el buen manejo y control de fideicomisos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Designar a los administradores temporales de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
e) Supervisar y aprobar los procesos de administración y regularización de activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
f) Coordinar la elaboración de planes, programas y proyectos; y,
g) Las demás designadas por el representante legal de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos.
GESTIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS
Misión
Identificar los activos requeridos para el cumplimiento de la misión de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos, determinar la situación legal en la que se encuentran y llevar a cabo todas las acciones necesarias para sanearlos de tal manera que puedan ser vendidos a través del proceso correspondiente, en coordinación con la Coordinación General Administrativa y Financiera. Responsable: Director de Regularización de Activos Atribuciones y Responsabilidades
a) Identificar los activos que la Subgerencia de Políticas Legales y Activos requiera para el cumplimiento de su misión;
b) Crear una base de datos de los activos requeridos para el cumplimiento de la misión institucional y mantenerla actualizada para conocer la situación legal de los mismos;
c) Analizar la situación legal de cada uno de los activos que se encuentren en posesión entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Determinar las obligaciones pendientes, según la naturaleza del activo; y, gestionar su cancelación;
e) Llevar a cabo todas las acciones necesarias para lograr el saneamiento de los activos que se encuentran en posesión de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015; y,
f) Proveer de informes e información que permita viabilizar la gestión de otras unidades administrativas del Banco Central del Ecuador.
Productos
1) Base de datos de activos requeridos para cumplir con la misión de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos;
2) Base de datos de activos que se encuentran en posesión de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos y que han pasado al Banco Central del Ecuador como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
3) Informes analíticos sobre la situación legal de los activos que se encuentran en posesión de la entidad por efecto del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
4) Informes técnicos sobre la viabilidad de saneamiento de los activos que se encuentran en posesión de la entidad en virtud del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
5) Comprobantes de pago o convenios de pago de las obligaciones pendientes con respecto a los activos que se encuentran en posesión de la entidad en razón del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015; e,
6) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad.
GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS Misión
Gestionar la administración técnica, eficaz y eficiente de los activos incautados y declarados de real propiedad del Banco Central del Ecuador, como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015.
Responsable: Director de Administración de Activos Atribuciones y Responsabilidades
a) Recibir los activos que sean incautados o restituidos a la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
b) Establecer la situación actual de los activos que se encuentran en posesión de la entidad en razón del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
c) Administrar los activos que se encuentran en posesión de la entidad en virtud del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Entregar a los nuevos propietarios los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015 que se hubieran transferido;
e) Proveer de informes que permitan viabilizar la gestión de las unidades administrativas de la Subgerencia de Políticas Legales y Activos; y,
f) Las demás que sean delegadas o asignadas por el Coordinador de Activos, según crea procedente. Productos
1) Informes analíticos sobre los activos que se encuentran en posesión de la entidad en virtud del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
2) Base de datos íntegra de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015 que se encuentran en posesión de la entidad, así como de aquellos que se hubieran vendido;
3) Modelos de gestión diseñados para una correcta administración de activos;
4) Plan de asignación de recursos (humanos, materiales, tecnológicos y económicos) para la administración de activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
5) Informes de eficiencia y eficacia sobre la administración de activos que se encuentran en posesión de la entidad en razón del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
6) Informes de seguimiento y control sobre el proceso de transferencia de activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
7) Actas de entrega-recepción de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015 que se hubieran transferido; e,
8) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad.
GESTIÓN FIDUCIARIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN FIDUCIARIA Misión
Gestionar, en coordinación con la Unidad de Administración Fiduciaria y Asesoría Técnica y Financiera, la adminis- tración técnica, eficaz y eficiente de los fideicomisos de los cuales la entidad es beneficiaria como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015, así como procurar su correcta liquidación.
Responsable: Director de Gestión Fiduciaria Atribuciones y Responsabilidades
a) Analizar la situación de los fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
b) Realizar el seguimiento y control de los fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
c) Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la liquidación de todos los fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Coordinar con las demás unidades administrativas, así como con otras entidades para el cumplimiento de los objetivos institucionales, dentro de sus competencias;
e) Proveer de informes e información que permita viabilizar la gestión de otras unidades administrativas de la institución; y,
f) Las demás que sean delegadas o asignadas por el Coordinador de Activos, según crea procedente. Productos
1) Informes analíticos sobre la situación de los fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
2) Informes de seguimiento y control de los fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
3) Escrituras públicas de la liquidación de fideicomisos de los cuales la entidad es parte como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
4) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad; y,
5) Plan operativo y estratégico del área, de acuerdo a sus atribuciones.
GESTIÓN DE VALORACIÓN Y VENTA DE ACTIVOS DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y VENTA DE
ACTIVOS
Misión
En coordinación con la Coordinación General Administrativa y Financiera, gestionar la correcta valoración de activos derivados del Decreto Ejecutivo No.
705 de 25 de junio de 2015 y dirigir el proceso de venta de los mismos, procurando siempre obtener el mayor rédito para cubrir con ello las acreencias de los depositantes y del Estado ecuatoriano.
Responsable: Director de Valoración y Venta de Activos
Atribuciones y Responsabilidades
a) Determinar los activos que requieren ser valorados;
b) Gestionar la valoración de los activos que hayan sido declarados de real propiedad de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
c) Informar sobre la viabilidad de transferir los activos que han sido declarados de real propiedad de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
d) Asesorar sobre los procesos de venta que puedan llevarse a cabo respecto a los activos que cuenten con valoración;
e) Dirigir, en coordinación con la Coordinación General Administrativa y Financiera, el proceso de venta de los activos derivados del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
f) Preparar las resoluciones de adjudicación;
g) Coordinar con la Dirección de Contratos y Escrituración la preparación de documentación requerida para la transferencia de activos vendidos; y,
h) Las demás que sean delegadas o asignadas por el Coordinador de Activos, según crea procedente. Productos
1) Informes analíticos sobre la necesidad de valorar activos;
2) Valoraciones de activos derivados del Decreto Ejecutivo
No. 705 de 25 de junio de 2015;
3) Informes técnicos sobre la viabilidad de transferir los activos que han sido declarados de real propiedad de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No.
705 de 25 de junio de 2015;
4) Criterios sobre el proceso de venta que se debe seguir respecto a cada uno de los activos que se encuentran declarados de real propiedad de la entidad como consecuencia del Decreto Ejecutivo No. 705 de 25 de junio de 2015;
5) Actas de Subastas;
6) Actas de Adjudicación;
7) Informes de gestión sobre el avance y productos que se encuentren bajo su responsabilidad; y,
8) Plan operativo y estratégico del área, de acuerdo a sus atribuciones.
Artículo 5.- Reemplácese, en el Capítulo II, DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE GESTIÓN POR PROCESOS, Artículo 2.- GESTIÓN POR PROCESOS, IV Procesos Adjetivos, numeral 13.2 y en el CAPÍTULO III, ESTRUCTURA DESCRIPTIVA, Artículo
9.- PROCESOS ADJETIVOS, numeral 13.2 las palabras: Gestión de Administración de Talento Humano por Gestión de Administración de Recursos Humanos, así como todos los párrafos que hagan mención a este cambio.
Artículo 6.- Reemplácese, en Capítulo II, DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE GESTIÓN POR PROCESOS, artículo 2.- GESTIÓN POR PROCESOS, IV Procesos Adjetivos, numeral 13.3, y en el CAPÍTULO III, ESTRUCTURA DESCRIPTIVA, Artículo 9.- PROCESOS ADJETIVOS, numeral 13.3, las palabras: Gestión de Contabilidad y Presupuesto por Gestión Financiera, así como todos los párrafos que hagan mención a este cambio.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- En el plazo máximo de ciento ochenta días contados a partir de la aprobación del Manual de Clasificación de Puestos y la escala de remuneraciones unificadas del Banco Central del Ecuador por parte del Ministerio de Trabajo, la Gerencia General realizará todas las acciones necesarias para la correcta implementación de la presente reforma del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, para cuyo efecto queda facultado para emitir todas las acciones administrativas y ajustes presupuestarios, que permitan el correcto financiamiento y funcionamiento institucional, con el objeto de implementar el estatuto, además de solicitar la creación de las partidas necesarias para la Subgerencia de Políticas Legales y Activos.
SEGUNDA.- La Gerencia General del Banco Central del Ecuador suscribirá los actos administrativos necesarios para la operatividad, ejecución e implementación del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador; contando con plena facultad para, entre otros, reformar el portafolio de productos y servicios determinados en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Banco Central del Ecuador, aumentándolo o disminuyéndolo, de acuerdo con los requerimientos institucionales.
TERCERA.- Para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades, los funcionarios y servidores del Banco Central del Ecuador se regirán a los procesos, productos y servicios establecidos en el presente Estatuto, así como a la normativa vigente, planes, programas y proyectos que para el efecto se establezcan, que son de aplicación obligatoria para todas las autoridades, funcionarios, servidores y trabajadores de Banco Central del Ecuador. Su inobservancia será sancionada de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
CUARTA.- La estructura básica, productos y servicios del Banco Central del Ecuador se sustentan en el ordenamiento legal, planificación estratégica y planes operativos que inciden directamente en la gestión institucional.
Todas las unidades técnicas y administrativas deberán sujetarse al esquema de procesos y a la cadena de valor establecidos en este Estatuto, así como en las normas y procedimientos internos para cambios administrativos, reubicación y optimización de los recursos humanos entre otras, de conformidad con la Ley.
QUINTA.- Para la creación o supresión de unidades administrativas correspondientes a un área, así como la incorporación o eliminación de productos y/o servicios de las diferentes gestiones institucionales, la Gerencia General emitirá la respectiva Resolución Administrativa sustentada en un informe técnico de la Coordinación de Planificación y Gestión Estratégica, la Dirección de Administración del Talento Humano y la Dirección Financiera, en los ámbitos de sus competencias. El respectivo acto resolutivo será comunicado a los entes rectores en esta materia.
SEXTA.- Corresponde a la Dirección de Administración del Talento Humano preparar el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos Institucional actualizado, así como establecer las políticas, metodologías e instrumentos para dotar del personal que requieran las unidades administrativas, para cumplir con sus responsabilidades, dando prioridad para la asignación de personal a los Procesos Sustantivos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga al Estatuto del Banco Central del Ecuador, aprobado mediante Resolución DBCE-083-BCE, publicado en el Registro Oficial 181, de 8 de octubre de 2014, sus modificaciones aprobadas por el Directorio del Banco Central de Ecuador, el Manual General de Procesos aprobado el 19 de enero de 2006 y todas sus modificaciones, así como todas aquellas disposiciones que contravengan la presente reforma al Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos del Banco Central de Ecuador.
DISPOSICIÓN FINAL.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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