Resolución RE-SERCOP-2020-109 Refórmese la Resolución Externa Nro. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016

RESOLUCIÓN Nro. RE-SERCOP-2020-108 EL DIRECTOR GENERAL

SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

 

EXPEDIR REFORMAS A LA RESOLUCIÓN EXTERNA NRO. RE-SERCOP- 2016-0000072, DE 31 DE AGOSTO DE 2016, POR LA QUE SE EXPIDIÓ LA

 

CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

 

Art. 1.- A continuación del artículo 20, Sección III, del Capítulo III, agréguese el siguiente texto:

 

Sección IV

Publicación de documentos que generan afectación presupuestaria

 

Art. 20.1.- Todas las entidades sujetas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, deberán publicar en el portal institucional del SERCOP, la información de convenios de pago y cualquier instrumento jurídico que genere afectación presupuestaria, provenientes de la aplicación del numeral 2 del artículo 117 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Información que será publicada en el portal institucional del SERCOP, con toda la documentación de respaldo, que justifique la aplicación de dichas figuras jurídicas, mismas que deberán ser reportadas por las entidades contratantes, en el término máximo de 10 días de suscrito el convenio de pago o los instrumentos provenientes de la aplicación del numeral 2 del artículo 117 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas”.

 

DISPOSICIÓN GENERAL

 

ÚNICA.- La información referente a convenios de pago y cualquier instrumento jurídico que genere afectación presupuestaria, publicada en el Portal Institucional del SERCOP, constituye información pública y podrá ser revisada por los Organismos de Control del Estado, para el ejercicio de sus atribuciones y competencias.

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

PRIMERA.- En el término de 60 días contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial, el Servicio Nacional de Contratación Pública adecuará su portal institucional, a efectos de habilitar en la herramienta informática, las opciones correspondientes para publicar la información referente a convenios de pago y cualquier instrumento jurídico que genere afectación presupuestaria, provenientes de la aplicación del numeral 2 del artículo 117 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

 

SEGUNDA.- A efectos de que el SERCOP elaborare y publique las estadísticas del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes en el término de 30 días contados a partir de la habilitación de la herramienta informática, procederán a publicar en el Portal Institucional del SERCOP, la información referente a convenios de pago y cualquier instrumento jurídico que genere afectación presupuestaria, provenientes de la aplicación del numeral 2 del artículo 117 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, suscritos a partir del 1 de enero de 2020.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

ÚNICA.- La ejecución de la presente resolución estará a cargo de la Coordinación Técnica de Innovación Tecnológica y de la Coordinación Técnica de Operaciones del SERCOP. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

 

Encárguese a la Dirección de Comunicación, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del SERCOP, y, a la Dirección de Gestión Documental, la gestión de la publicación en el Registro Oficial.

 

Jueves 20 de Agosto de 2020