Resolución DE-11-008 Otórguese la Licencia Ambiental Nº 004/11

Nº DE-11-008
Ing. Claudia Otero Narváez
DIRECTORA EJECUTIVA INTERINA DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

Resuelve:

Art. 1.- Otorgar la Licencia Ambiental Nº 004/11, para la construcción y operación del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos, ubicado en la provincia de Pichincha, cantón San Miguel de Los Bancos, parroquia San Miguel de los Bancos y provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, cantón Santo Domingo, parroquia Santo Domingo de Los Colorados.

La presente resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.

LICENCIA AMBIENTAL Nº 004/11

CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD, CONELEC LICENCIA AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DEL PROYECTO DE LÍNEA DE SUBTRANSMISIÓN A 69 kV Y 51 KM, SANTO DOMINGO-LOS BANCOS

El Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable, AAAr, otorgada mediante Resolución del Ministerio del Ambiente Nº 0173, publicada en el Registro Oficial Nº 552 de 28 de marzo del 2005 y en cumplimiento de sus responsabilidades establecidas en la Constitución, la Ley de Gestión Ambiental y la Ley de Régimen del Sector Eléctrico, para precautelar el interés público en lo referente a la preservación del ambiente, la prevención de la contaminación ambiental y la garantía del desarrollo sustentable, confiere la presente licencia ambiental para la construcción y operación del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos, ubicado en la provincia de Pichincha, cantón San Miguel de los Bancos, parroquia San Miguel de los Bancos y provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, cantón Santo Domingo, parroquia Santo Domingo de los Colorados, que desarrollará la Empresa Eléctrica Quito S. A., representada legalmente por su Gerente General, Ing. Iván Velástegui R., en sujeción estricta al Estudio de Impacto Ambiental Definitivo, aprobado.

En virtud de lo expuesto, la Empresa Eléctrica Quito S. A., se obliga a:

  1. Cumplir estrictamente con el Plan de Manejo Ambiental aprobado.
  2. Utilizar en las actividades inherentes a la construcción y operación del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos, tecnologías y métodos que prevengan, mitiguen y/o remedien, los impactos negativos al ambiente y atender los requerimientos del CONELEC al respecto.
  3. Presentar al CONELEC las auditorías ambientales correspondientes, conforme con lo previsto en el Reglamento Ambiental para Actividades Eléctricas, artículos 26 a 29 y la Auditoría Ambiental de cierre a la finalización de la construcción del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos.
  4. Apoyar al Equipo Técnico del CONELEC, o a terceros delegados por el mismo, para facilitar los procesos de monitoreo y control del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental respectivo, materia de esta licencia ambiental.
  5. Facilitar el acceso a la información necesaria, para que se lleven a cabo las auditorías ambientales practicadas directamente por el CONELEC o a través de terceros delegados.
  6. Presentar la información y documentación que sea requerida por el CONELEC y/o por el Ministerio del Ambiente.
  7. Promover reuniones con la comunidad, en las cuales se les informe sobre el monitoreo ambiental del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos, durante la construcción y operación del mismo.

La presente licencia ambiental está sujeta al plazo de duración de la construcción y operación del Proyecto Línea de Subtransmisión a 69 kV y 51 km Santo Domingo-Los Bancos ubicado en la provincia de Pichincha, cantón San Miguel de los Bancos, parroquia San Miguel de Los Bancos y provincia de Santo Domingo de Los Tsáchilas, cantón Santo Domingo, parroquia Santo Domingo de Los Colorados, y a las disposiciones legales, reglamentarias y regulatorias que rigen la materia.

Martes 8 de Febrero de 2011