Que, el Comité de Deuda y Financiamiento expidió el 6 de enero del 2011, el acta resolutiva No. 001, mediante la cual autorizó al Ministro de Finanzas para que personalmente o mediante delegación, a nombre y en representación de la República del Ecuador, en calidad de prestataria, celebre con el Banco Interamericano de Desarrollo, en calidad de prestamista, un contrato de préstamo por un monto de hasta USD 58'000.000,00, destinados a financiar el proyecto "Modernización de las Estaciones de Bombeo del Poliducto Esmeraldas-Quito";
Que, el artículo 127 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que en el caso de endeudamiento del Presupuesto General del Estado, la entidad responsable de la ejecución será la establecida en la resolución que para el efecto dicte el ente rector de las finanzas públicas, por lo que es imperativo designar la entidad pública que actuará como organismo ejecutor del proyecto "Modernización de las Estaciones de Bombeo del Poliducto Esmeraldas-Quito"; y,
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 127 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y 154, numeral 1 de la República,